Los menores de edad que estén acusados de delitos deberán seguir en los correccionales
*Se suspendió una medida que establecía que debían ser liberados progresivamente y regresar con sus familias.
La Corte Suprema suspendió hoy la medida de la Cámara de Casación que ordenaba liberar progresivamente y enviar con sus familias a los menores de 16 años que están alojados en institutos correccionales de la Capital Federal.
El máximo Tribunal dejó sin efecto la medida de la Sala III de Casación e hizo lugar a un recurso de queja que planteó el fiscal Raúl Plee.
El 11 de diciembre de 2007, los jueces Angela Ledesma, Guillermo Tragant y Eduardo Riggi habían dispuesto que en un plazo máximo de 90 días los chicos menores de 16 años internados en el instituto porteño San Martín acusados de delitos sean liberados, al hacer lugar a un reclamo de la Fundación Sur.
Ahora, el alto tribunal con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay, decretó la suspensión de la medida.
En un comunicado emitido por la Corte, los ministros advirtieron que la suspensión de la medida no implica, de todos modos, "un pronunciamiento sobre el fondo del asunto".
En febrero pasado, el fiscal Plee apeló la medida al entender que la decisión sobre los menores detenidos deben ser tomadas ya sea por el Poder Ejecutivo o Legislativo, y no por la Justicia.
En este sentido, el fiscal sostuvo que no puede ser que la Cámara de Casación derogue "por inconstitucional una norma jurídica, de modo genérico, para el futuro, y de cumplimiento obligatorio para todos los órganos de los tres poderes del gobierno de Estado".
Para Plee hubo una atribución de "competencias constitucionales de parte de un órgano del Poder Judicial que, por otra parte, no es la Corte Suprema".
En cambio, los camaristas que habían ordenado la ahora suspendida liberación de los menores, opinaron que "a diferencia de la evaluación de políticas, cuestión claramente no judiciable, corresponde sin duda alguna al Poder Judicial garantizar la eficacia de los derechos, y evitar que éstos sean vulnerados".
En ese sentido, los camaristas agregaron que a veces se cuestiona "una injerencia indebida del Poder Judicial en lo Político, cuando en realidad, lo único que hace el Poder Judicial, en su respectivo ámbito de competencia y con la prudencia debida en cada caso, es tutelar los derechos e invalidar esa política sólo en la medida en que los lesiona".
Así los camaristas rechazaron el pedido de inconstitucionalidad del artículo 1ro de la actual ley penal de menores, decreto ley del gobierno militar de 1980, que establece los topes máximos y mínimos de imputabilidad y la posibilidad de que los chicos sean internados.
Sin embargo, el fiscal Plee presentó un recurso de queja ante la Corte, la cual resolvió no pronunciarse sobre la cuestión de fondo, pero por lo pronto, ordenó la suspensión de la medida.
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