Monotributo 2026: ARCA fijó el plazo para la recategorización y actualizó los valores
El organismo fijó el 5 de febrero como fecha límite para el trámite obligatorio, que contempla una actualización del 14,3% en los parámetros del régimen y nuevos valores de cuotas para cada categoría a partir de 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó cuándo vence el primer período de recategorización del Monotributo en 2026, un trámite obligatorio para los contribuyentes que hayan registrado cambios en los parámetros de su categoría durante el año anterior.
Según informó el organismo, la fecha tope para completar la recategorización es el 5 de febrero. El procedimiento puede realizarse ingresando al sitio web de ARCA con clave fiscal, a través de la opción “recategorizarme”, o bien desde un teléfono celular mediante la aplicación ARCA Móvil.
La actualización de los valores surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al segundo semestre de 2025, lo que implica un incremento estimado del 14,3% en los parámetros del régimen simplificado.
“Para determinar si corresponde realizar la recategorización, hay varios criterios claves uno de los mas relevantes son nuestros ingresos devengados los que hay que considerar para determinar la categoría”, explica Valeria Díaz, Contadora y Especialista en tributación. Y agrega que: “También se evalúan los metros cuadrados ocupados por nuestra actividad, la energía eléctrica consumida, los montos de alquileres devengados y el precio máximo unitario de venta en caso de que realicemos venta de cosas muebles”.
Quiénes están obligados a recategorizarse
De acuerdo con lo indicado por la contadora Valeria Díaz, deben realizar el trámite aquellos monotributistas que lleven más de seis meses inscriptos en el régimen y que, durante 2025, hayan tenido modificaciones en alguno de los parámetros vigentes para su categoría a partir de febrero de 2026.
Para saber si corresponde cambiar de escala, los contribuyentes deberán analizar los siguientes puntos:
- Ingresos brutos devengados
- Superficie afectada a la actividad
- Consumo de energía eléctrica
- Monto de alquileres devengados
- Precio unitario de venta
Este último parámetro es uniforme para todas las categorías de venta de cosas muebles y establece que ningún bien comercializado puede superar el precio máximo de $ 613.492 para permanecer dentro del régimen.
Todos estos datos deberán compararse con la tabla que entra en vigencia en febrero de 2026, a fin de determinar la categoría correspondiente. En los casos en que el contribuyente tenga más de seis meses pero menos de un año en el régimen, los valores deberán anualizarse para realizar el cálculo correcto.
Qué sucede si no se realiza el trámite
“El plazo es clave, se puede realizar con fecha máxima 5 de febrero”, indicó Valeria Díaz. Y explica que: “Si el contribuyente no hace el trámite, se presupone que nos quedamos en la categoría que estamos y en caso de que ARCA detecte inconsistencias, podrá de oficio recategorizarnos”.
Además, advirtió que pueden aplicarse sanciones que alcanzan hasta el 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional que correspondía abonar, con efecto retroactivo al momento en que se produjo el cambio de categoría.
Cuánto se paga desde febrero de 2026
A partir de febrero de 2026, los monotributistas deberán abonar las siguientes cuotas mensuales totales, que incluyen impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social:
- Categoría A: $42.386,74 (servicios y bienes)
- Categoría B: $48.250,78 (servicios y bienes)
- Categoría C: $56.501,85 (servicios) y $55.227,06 (bienes)
- Categoría D: $72.414,10 (servicios) y $70.661,26 (bienes)
- Categoría E: $102.537,97 (servicios) y $92.658,35 (bienes)
- Categoría F: $129.045,32 (servicios) y $111.198,27 (bienes)
- Categoría G: $197.108,23 (servicios) y $135.918,34 (bienes)
- Categoría H: $447.346,93 (servicios) y $272.063,40 (bienes)
- Categoría I: $824.802,26 (servicios) y $406.512,05 (bienes)
- Categoría J: $999.007,65 (servicios) y $497.059,41 (bienes)
- Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) y $600.879,51 (bienes)
Valeria Díaz aclaró que, según la jurisdicción del contribuyente, pueden sumarse componentes impositivos provinciales y municipales, lo que incrementará el monto final a pagar.
“Cumplir a tiempo, tener los números en orden y planificar bien no es un gasto, sino una inversión en tranquilidad fiscal, estabilidad y crecimiento sostenible en el tiempo”, destacó Díaz.
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