Masacre de Pompeya: presentan un recurso para que la Corte revise la pena

Sociedad

La defensa de Fernando Carrera busca que se revise la condena de 15 años de prisión que impuso días atrás la Cámara Federal de Casación Penal.

La defensa de Fernando Carrera, condenado por la "Masacre de Pompeya" presentó este martes un recurso extraordinario para intentar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revise la pena de 15 años de prisión que le impuso días atrás la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal.

"La sentencia presenta cuestiones de gravedad institucional vinculadas a la limitación de los derechos fundamentales de Fernando Carrera, el menoscabo de la confianza depositada en la Justicia y la inexistencia material en la resolución del caso", dice el escrito presentado por sus abogados defensores con el patrocinio del CELS.

La sala de Casación que lo condenó deberá resolver ahora si admite el recurso  y abre el camino hacia la Corte Suprema. Antes, Casación deberá  expedirse sobre la recusación de uno de sus integrantes, Ana María Figueroa, ya que Carrera pidió que se aparte del caso luego de declaraciones periodísticas hechas por la magistrada.

El panorama en Casación no es alentador para Carrera. Días atrás, el fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Ricardo Wechsler pidió agravar la condena de 15 años de prisión. El fiscal considera que hubo homicidio con dolo eventual, una figura más grave que el homicidio culposo por el que está condenado

El fiscal interpuso un recurso por la condena impuesta por la mayoría de la Sala III de Casación que semanas atrás sentenció a Carrera a la pena de 15 años por los delitos triple homicidio culposo agravado por haber sido ocasionado por la conducción imprudente de un vehículo automotor y la cantidad de víctimas; robo con arma de fuego; lesiones culposas,  y portación ilegítima de arma de guerra.

La Sala III de Casación cambió la calificación del principal delito que se le atribuía, triple homicidio con dolo eventual, por la de homicidio culposo de las tres personas a las que atropelló en la avenida Sáenz

El fiscal Wechsler interpuso un recurso extraordinario contra esa condena que será definido por la Corte Suprema, en el que sostiene que Carrera cometió el delito de homicidio con dolo eventual, que significa que  se representó que podía provocar daños con su conducir imprudente y pese a ello no cesó en su conducta. Además sostuvo que incurrió en abuso de arma, que disparó a la Policía una vez que se produjo la colisión

La situación procesal de Fernando Carrera, imputado por robo y como autor responsable de la llamada Masacre de Pompeya –cuando atropelló y mató con su auto a tres personas, y lesionó a otras cuatro–, aún sigue abierta ya que la Corte deberá fallar nuevamente.

Condenado a 30 años de cárcel en junio de 2007, ese fallo fue dejado sin efecto por la Corte Suprema de Justicia en junio de 2012, cuando ordenó a la Sala III de la Cámara de Casación que revisara los fundamentos de esa sentencia. Carrera pasó 7 años en prisión.

 La Sala III que, con otra composición, había confirmado el fallo inicial en mayo de 2008, y días atrás ratificó que Carrera es culpable, pero redujo la pena a 15 años.

Sus defensores, con el apoyo de dictámenes de organismos públicos y de derechos humanos, también apelaron la  condena y afirman que Carrera "es inocente" y que se trata de "una causa armada por la Policía Federal".

Los hechos ocurrieron el 25 de enero de 2005, en tres etapas sucesivas: el robo cometido por dos personas, según entendieron los jueces, Carrera y otro hombre que logró escapar, una persecución a cargo primero de dos víctimas del asalto y luego de dos brigadas policiales, y como cierre, el auto del procesado circulando a contramano por la avenida Sáenz, donde arrolló a cinco personas y se estrelló contra una camioneta Kangoo, donde estaban dos jóvenes que resultaron lesionados.

El fiscal Wechsler sostuvo en la apelación que existe dolo eventual, porque "se realiza la acción a sabiendas que el resultado posiblemente se produzca, no es una consecuencia necesaria de su acción, sino sólo una consecuencia posible, por lo que es indiferente para el sujeto el resultado, es por ello, que no destina esfuerzos para evitar el hecho, permitiendo que el mismo se produzca".

"Cualquier persona conoce la potencialidad lesiva de conducir a alta velocidad en una avenida, en sentido contrario a la circulación vehicular y sin respetar los semáforos, lo que me lleva a concluir que el imputado actuó con dolo eventual, porque quien realiza esa conducta no puede dejar de prever seriamente la posibilidad de que terceras personas o él mismo, se vean afectadas", argumentó el fiscal.

  A diferencia de la Cámara de Casación, la fiscalía consideró que sí hubo abuso de armas, esto es que disparó a la policía, y recordó que en el vehículo de Carrera se encontraron cuatro vainas servidas  pertenecientes a proyectiles disparados por la pistola calibre 9 mm que se le atribuyó a él.

  Ahora, la Sala III de Casación deberá evaluar la procedencia o no del recurso extraordinario de la fiscalía y el de la defensa y en caso de concederlo, el caso volverá a la Corte Suprema.

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