Se cayó en la escalera del subte y la empresa deberá pagarle $16.500

Sociedad

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Por NA

La empresa Metrovías deberá indemnizar con 16.500 pesos a un hombre que, al bajar las escaleras del subte de la línea D, cayó al resbalarse por la presencia de agua y se fracturó la rodilla.

Así lo dispone un fallo de la Cámara Civil, que de todos modos también responsabilizó por el accidente al usuario del subte por no usar el pasamano de la escalera.

La sala F del Tribunal responsabilizó del hecho, en un 50 por ciento, a Metrovías y a la empresa encargada del mantenimiento de la escalera.

Las empresas deberán resarcir al hombre por los daños que le causó la caída al bajar la escalera, aunque los jueces aclararon que el "comportamiento imprudente" del pasajero contribuyó al accidente.

"No descendió (el demandante) tomado del pasamanos, y de haber advertido el piso con agua, si decidió avanzar por ahí, aunque ese día no fuera de lluvia, debió adoptar la precaución de usar el pasamanos", señalaron los camaristas.

Agregaron, al respecto, que "aunque para bajar no se tenga una visión global de toda la escalera y se vayan mirando los próximos escalones, no cabe duda de que la existencia de agua en el descanso es observable desde los escalones anteriores".


Culpas compartidas



La demanda se inició a raíz de la caída del hombre al pasar por el descanso de la escalera de acceso a la estación Olleros de la línea "D" del subterráneo el cuál tenía agua y produjo que se resbalara.

Según el aporte de testigos, la abundante presencia de agua se debió a que la rejilla de desagüe estaba tapada, lo que el juez de primera instancia consideró por la falta de mantenimiento.

Sin embargo, en primera instancia se cargó el 70 por ciento de la responsabilidad en el actor por su actitud poco prudente y pese a notar la presencia de agua pasar por el lugar.

En su descargo, la empresa Metrovías deslindó su responsabilidad al asegurar que las escaleras estaban en buenas  condiciones, algo que los peritos dieron por acreditado, pero el juez entendió que esa pericia fue realizada mucho tiempo después  del suceso.

Ahora, los camaristas Fernando Posse Saguier, Eduardo Zannoni y José Luis Galmarini entendieron que "lo determinante para responsabilizar a la demandada y a la sociedad citada como tercero se sustenta en la presencia de agua en un lugar destinado al tránsito de pasajeros del subterráneo".


Un generador de riesgos



Los magistrados evaluaron que la presencia del agua, "por las características del piso", tornaban la escalera en un "generador de riesgos para los transeúntes".

"La situación de que sólo se haya resbalado el actor, y no quienes lo acompañaban, por no haber tomado aquél las precauciones que las circunstancias exigían, no excluye la responsabilidad que le incumbe a la demandada y a la empresa encargada del mantenimiento", expresaron los jueces.

También responsabilizaron al hombre porque de "haber bajado con la debida atención debió advertir con anticipación la presencia del agua en ese sector, pues no había obstáculo alguno que impidiera ver el agua retenida que se presentaba a su paso".

De esta manera, fijaron la responsabilidad en partes iguales  entre el actor, y las empresas demandadas. 

Así fijaron la indemnización en 33.000 pesos en concepto de  incapacidad sobreviviente, daño moral y gastos médicos, pero por  la responsabilidad otorgada Metrovías y la empresa de mantenimiento sólo deben abonar el 50 por ciento.

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