Condenan a una cadena de supermercados por echar a cajero con sida

Sociedad

En un fallo que recuerda al film Philadelphia, Coto deberá indemnizar con más de 60 mil pesos a un empleado, despedido por su "estado de salud".

La cadena de supermercados Coto fue condenada a indemnizar con más de 60 mil pesos a un trabajador que denunció haber sido despedido por portar el virus del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

La Sala sexta de la Cámara Laboral confirmó un fallo de primera instancia y condenó a la cadena de supermercados "ante la ausencia de prueba que demuestre que el accionar de la empleadora se debió a una causa distinta a la mencionada”, concluyendo que “no queda más que tener por cierto que el despido obedeció al estado de salud" del empleado.

Los camaristas Graciela Craig y Carlos Fernández Madrid explicaron que cuando un dependiente "se considera injustamente discriminado, debe invertirse la carga de la prueba, debido a las exigencias de la tutela de los derechos fundamentales del trabajador y por las serias dificultades probatorias del hecho discriminatorio o lesivo del derecho fundamental”.

En el fallo se explica que Coto estaba al tanto de que el trabajador "era portador de HIV al momento del despido”, ya que en dos oportunidades había sido internado por esa afección y la cesantía se produjo diez días después de la segunda hospitalización, ocurrida entre 2007 y 2008 en el sanatorio San José de Capital Federal.

 La empresa que sostenía que "el actor fue despedido porque hubo una reestructuración”, pero los camaristas desestimaron esta justificación y consideraron que "en un período de cinco meses se ausentó e internó por diversos malestares, circunstancia que, unida a la contemporaneidad que existe entre el momento en que es despedido resulta conducente a la presunción de discriminación” y así, "incurrió con su accionar en la figura del despido discriminatorio".

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