Testamento: cómo y para qué
*La abogada Mirta Susana Núñez amplía las posibilidades que da el testamento y agrega un plus de información para la hora de decidir cómo hacerlo.
“La planificación sucesoria es una metodología de trabajo bastante novedosa en nuestro país y muy frecuente en los EEUU que permite ir organizando en vida cómo quiere uno que se divida su patrimonio, teniendo en cuenta los márgenes de disponibilidad que el Código Civil permite -respetando “la legítima”
Además de su utilidad más conocida para designar herederos, el testamento permite muchas otras acciones:
- Reconocer hijos, o dejar una parte de la herencia para beneficiarlos, aunque no se los reconozca.
- Aclarar qué tipo de exequias se desea, si quiere ser cremado o no, qué tipo de velorio prefiere, dónde desea ser enterrado, si desea que le envíen flores o que se hagan donaciones con ese dinero, etc.
- Existe también otro instrumento, que conviene redactar por separado del testamento, indicado qué tipo de tratamiento se va a querer recibir cuando ya no se esté en condiciones de tomar decisiones. “El procedimiento, llamado Living Will o Testamento Vital, permite, por ejemplo, dejar dicho que uno se opone a la prolongación artificial de la vida. Es conveniente agregarlo a la historia clínica y poner en conocimiento al familiar más cercano para que pueda hacerlo valer”, dice la abogada Mirta Susana Núñez.
Las formas más usuales de hacer testamento son:
1) Ante escribano público.
2) Testamento ológrafo, o manuscrito
“El testamento ológrafo es más económico pero debe reunir ciertas formalidades para que sea válido, por lo que es aconsejable que sea redactado por un abogado y luego trascripto por el testador. Hay gente que no puede hacerlo a mano porque tiene muy avanzada edad y le cuesta la escritura manuscrita, por lo que tiene que recurrir a un escribano público”, explica Núñez.
El texto del testamento se puede modificar todas las veces que quiera el testador: el último testamento hecho revoca todos los anteriores, aunque no lo aclare expresamente.
“La planificación sucesoria es una metodología de trabajo bastante novedosa en nuestro país y muy frecuente en los EEUU que permite ir organizando en vida cómo quiere uno que se divida su patrimonio, teniendo en cuenta los márgenes de disponibilidad que el Código Civil permite -respetando “la legítima”-, dice Núñez.
Según la especialista, el testamento es una de las herramientas de planificación sucesoria, pero no la única: “Contratar un seguro de vida o constituir usufructo sobre el bien en el que la persona quiere que, por ejemplo, su pareja siga viviendo, son otras de las opciones para planificar la sucesión”, ejemplifica.
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