Según el Código Penal, los imputados podrían ser condenados a prisión efectiva.
Según la resolución del juez federal Cluadio Bonadío en su elevación a juicio oral la causa que investiga la tragedia de Once, los ex funcionarios y los directivos de TBA imoutados serán juzgados por "infracción al artículo 173, inciso 7° en función del artículo 174, inciso 5° y por el artículo 196, párrafos 1° y 2° del Código Penal", mientras que el maquinista Marcos Antonio Córdoba será enjuiciado por "estrago culposo".
El estrago culposo es la figura principal que se debatirá en el juicio, y el Código Penal dice en el artículo 196 que "será reprimido con prisión de seis meses a tres años si del hecho resultare lesionada o muerta alguna persona, se impondrá prisión de uno a cinco años".
Por lo que en caso de recibir una condena que supere los tres años, el tribunal podría ordenar una pena de cumplimiento efectivo.
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El artículo 173 inciso 7, que le compete a los funcionarios de TBA, se refiere a los casos especiales de defraudación y dice que se pena con prisión de un mes a 6 años de prisión "el que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico, tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados u obligare abusivamente al titular de éstos".
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El artículo 174 inciso 5, que también abarca a los representantes de TBA, dice que sufrirá prisión de 2 a 6 años "el que cometiere fraude en perjuicio de alguna administración pública".
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