Un hombre demanda a una empresa porque le "colocó una alfombra que tenía una mancha"

Sociedad

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Por NA
La Cámara Civil rechazó la demanda de un hombre que pretendía un resarcimiento porque en su casa colocaron una alfombra que tenía una mancha que "afeaba la decoración" del dormitorio.

Así lo resolvió la Sala F del Tribunal al confirmar un fallo de primera instancia que desestimó el reclamo de un propietario de la localidad bonaerense de Pilar que demandó a la empresa luego de que le colocasen la alfombra, y advertir que la misma presentaba una mancha considerable.

Según los jueces José Luis Galmarini, Fernando Posse Saguier y  Eduardo Zannoni, el demandante "no acredita en manera alguna que  la alfombra hubiera estado manchada con anterioridad o durante la  instalación".

El hecho ocurrió cuando el hombre compró la alfombra y le cedió a ese mismo local la colocación en su casa ubicada en Mapuche Club de Campo, en la Lonja, localidad de Pilar.

Según el demandante, al terminar con la colocación de la  alfombra, en horas de la noche, los empleados de la firma le  recomendaron que la aspire al día siguiente para quitar la  abundante cantidad de pelusas.

Al día siguiente, el demandante aspiró la alfombra y encontró  una mancha considerable, la cual trató de limpiar pero aún quedó  visible.

Por esa razón, demandó a la firma a que le cambien la totalidad de la alfombra o bien el paño afectado, y reclamó una compensación por daño moral al "no poder disfrutar de su casa como debería".      

En primera instancia, la justicia rechazó la demanda y lo mismo hizo ahora la Cámara Civil, al entender que al finalizar la colocación de la alfombra el empleado de la firma y el propietario coincidieron en que se veía bien.

"No hay en autos elemento de convicción alguno que autorice a presumir que la pelusa a que hace mención el colocador se acumulara de tal forma que pudiera ocultar una mancha que por su  dimensión e intensidad revelara una deficiencia en la decoración que justificara la reposición de la alfombra y el resarcimiento  del daño moral pretendido", consideraron los jueces.

Además, concluyeron que "la alegación de que la demandada no  ejecutó el contrato de buena fe el apelante intenta sustentarlo  en hechos no suficientemente comprobados y en las conjeturas que  de ellos extrae, por lo que sus quejas pierden sustento".

 Así, confirmaron lo resuelto en primera instancia desestimaron el pago de una indemnización y la reposición de una nueva alfombra.

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