El Senado debate el proyecto de blanqueo de capitales
El oficialismo busca darle media sanción a la iniciativa que propicia la exteriorización voluntaria de divisas no declaradas, en una sesión especial de la Cámara alta convocada para el mediodía.
Fernández había remarcado momentos antes sin embargo que "no podrán exteriorizar" dólares quienes estén investigados por presunto lavado de dinero, financiamiento del narcotráfico, armas o trata de personas, o quienes estén imputados por evasión tributaria. Anunció también que se modificará al artículo 15 de la iniciativa para que los familiares de funcionarios imputados tampoco puedan participar del blanqueo.
Desde el Frente Amplio Progresista (FAP) los senadores Luis Juez y Jaime Linares también fustigaron el proyecto mientras que la radical Laura Montero aseguró que "el cepo cambiario, las restricciones a las importaciones con medidas pensadas para ir tapando y escondiendo sistemáticamente la realidad y esta ley es el broche de oro". "Se suele decir hecha la ley hecha la trampa, ahora venimos a hacer la trampa con la ley".
La norma fue debatida en dos extensos plenarios de comisiones a los que asistieron las principales figuras del gabinete económico nacional, así como economistas, ex funcionarios de gobiernos anteriores, especialistas en lavado de dinero y los principales responsables del sector industrial y de la construcción.
El proyecto autoriza al Ministerio de Economía a emitir el Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BAADE) y el Pagaré de Ahorro para el Desarrollo Económico que estarán denominados en dólares. Los fondos originados en su emisión serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en infraestructura e hidrocarburos.
Asimismo, autoriza al Banco Central a emitir el Certificado de Depósito para Inversión (CEDIN) en dólares, que será endosable, como un medio para la cancelación de obligaciones de dar sumas de dinero en la moneda norteamericana.
El CEDIN será cancelado en la misma moneda de su emisión por el Banco Central o la institución que éste indique, sólo si se acredita la compraventa de inmuebles, su remodelación o la construcción de nuevas unidades habitacionales.
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