La Corte Suprema avaló la estatización de las AFJP
El máximo tribunal rechazó una demanda que pedía declarar la inconstitucionalidad de la decisión del Gobierno.
El pedido ya había sido rechazado por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social en un fallo dividido de dos votos contra uno, y posteriormente denegó la apelación, pero el abogado del particular presentó ante la Corte Suprema un recurso de queja para lograr la intervención del máximo tribunal.
La Corte adhirió a los fundamentos de la Procuración y rechazo el último recurso del afiliado.
El año pasado la procuradora ante la Corte Suprema de la Nación, Marta Beiró de Goncalvez, emitió un dictamen contrario a las pretensiones del ex afiliado a la AFJP, que demandó al Estado contra la eliminación del régimen jubilatorio de capitalización.
Entre los argumentos, el particular sostenía que la ley de capitalización preveía el acceso al dinero ahorrado con la sola condición de cumplir la edad jubilatoria, algo que no ocurre en el sistema de reparto, donde se exige también un mínimo de 30 años de aportes. En la demanda se expresaron quejas por el destino "no previsional" que la ANSES da a los fondos estatizados.
La procuradora, sin embargo, consideró que el recurso "no puede prosperar" porque la persona no demuestra que el cambio de régimen "le haya producido un daño concreto". Se refirió a la posibilidad de retirar el dinero sin una determinada cantidad de años con aportes, como "una mera posibilidad". Y afirma que "el agravio alegado es hipotético y conjetural e insuficiente".
Agregó entre los argumentos, que la naturaleza obligatoria de los aportes hace caer "las pretensiones del apelante en cuanto a la propiedad privada" de las sumas.
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