ARCA prorrogó una vez más el plazo para la presentación de la declaración de Ganancias de 2025
ARCA también prorrogó hasta el 30 de diciembre el plazo para que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan ingresar al plan de pagos especial.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió este viernes una vez más el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias para las personas humanas. Así quedó plasmado en la Resolución General 5918/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo recaudador, Andrés Edgardo Vázquez. De esta manera, el organismo otorgó más tiempo a los contribuyentes para cumplir con los trámites correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
La decisión se tomó a partir del diálogo permanente que mantienen las autoridades del organismo y representantes de las entidades que nuclean a los profesionales de ciencias económicas, con el objetivo de facilitar el cumplimiento tributario de los ciudadanos.
De esta manera los contibuyentes tendrpan tiempo para presentar la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025 hasta el lunes 16 de noviembre, inclusive.
En tanto, por medio de la Resolución General 5920/2026 también publicada hoy se prorrogó hasta el 30 de diciembre el plazo para que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan ingresar al plan de pagos especial dispuesto este año por el Gobierno ante el reclamo de las cámaras del sector y de asesores tributarios.
La fecha de vencimiento original estaba fijada para este viernes 30 de octubre e incluye también el plan especial para prestadores de Salud que tiene también un programa especial para enfrentar deudas con el fisco.
Anunciado con bombos y platillos por el Ministerio de Economía, el plan de pagos recogió el reclamo de asesores tributarios y de las cámaras pymes que en junio de este año le pidieron a Luis Caputo algún alivio ante el incremento de los embargos de ARCA por retrasos de las empresas.
El plan de pagos dejó sin embargo un sabor "agridulce" para las empresas ya que si bien se dispuso de algún alivio, se considera que la cantidad de cuotas resultaron exiguas y la tasa de interés del 2,75% mensual era de un costo financiero alto en función de una inflación que promedia el 2%.
Las obligaciones no canceladas y alcanzadas por el plan de pagos tienen que vencido hasta el 30 de junio de 2026 (no condona capital, multas ni intereses, sino que ofrece financiación). Los interesados pueden adherir a través del servicio digital "Mis Facilidades" en el sitio web de ARCA
Las micro y pequeñas empresas (y pequeños contribuyentes / entidades sin fines de lucro) podrán acceder a una financiación de hasta 18 cuotas para deudas generales (y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones). Se requiere un pago a cuenta de un mínimo del 5% (con un piso de 50 mil pesos y se aplicará una tasa de interés del 2,75% mensual fija.
Las emrpesas medianas accederán a una financiación en hasta 15 cuotas (y hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones) con un pago a cuenta de un mínimo del 10%.
Resolución General 5918/2026:
Resolución General 5920/2026:
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