El Ministerio de Trabajo fijó un piso para las remuneraciones mensuales mínimas que rigen desde noviembre.
Empleada domesticaweb
El Ministerio de Trabajo estableció un aumento del 25 por ciento para las empleadas domésticas y fijó las remuneraciones mensuales mínimas que rigen desde noviembre.
A través de la resolución 958/2012 publicada este lunes en el Boletín Oficial, los nuevos valores que entran en vigencia en todo el territorio nacional serán de 19,74 la hora, por una labor máxima de cuatro horas de trabajo diarias se estableció un salario de 1.294, 93 y la hora extra será de 19,74 pesos.
En los considerandos de la norma, se indica que "corresponde adecuar las escalas salariales mínimas del Personal de Trabajo Doméstico, comprendido en el estatuto que rige la actividad, teniendo en especial consideración los avances que, en materia de remuneraciones de los trabajadores en general, se han producido en el presente año en el marco de la negociación colectiva".
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En tanto, la resolución fija cinco categorías, según el empleado se regiré o no del domicilio en que trabaja y según la cantidad de horas trabajadas:
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La primera categoría, que comprende personal con retiro y ocho horas, como institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses, el sueldo mínimo será de 3.184,01 pesos, y si el personal es sin retiro el sueldo se elevará a 3.549,13 pesos.
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En la segunda categoría, con personal con retiro y ocho horas, que comprende a los cocineros especializados, mucamas especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares, el sueldo será 2.954,95 pesos con retiro y sin retiro se elevará a 3.292,86 pesos.
En la tercera categoría, que son los cocineros, mucamas, niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, cuatro ayudantes, caseros y jardineras, el sueldo mínimo será de 2.886,93 pesos.
En tanto en la cuarta categoría, que son aprendices en general de 16 a 17 años de edad, el salario mínimo será de 2.589,85 pesos.
En la quinta categoría, que comprende al personal con retiro que trabaja diariamente, el sueldo mínimo para ocho horas diarias será de 2.589,85 pesos.
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