Bancos deberán informar por internet los costos de sus servicios
El Banco Central obligó a las entidades a brindar datos sobre comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios.
Banco Central
El texto del Banco Central determina que las entidades alcanzadas deberán informar en sus páginas web y en sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, así como el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo.
Los usuarios podrán recurrir al Banco Central ante la falta de respuesta satisfactoria por parte de las entidades a sus presentaciones o reclamos.
La normativa aprobada establece además la obligatoriedad para las entidades alcanzadas de facilitar el acceso y la atención en las casas operativas de personas con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros automáticos a personas con dificultades visuales.
Además, las entidades financieras deberán comunicar al Banco Central, con 90 días de antelación, las comisiones y cargos de servicios y productos y sus eventuales modificaciones. "El incumplimiento de las normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones previstas en la ley de entidades financieras", advirtió el Banco Central.
El comunicado completó que "la normativa aprobada por el Directorio se adecua a los términos de la nueva Carta Orgánica del BCRA y afianza el protagonismo activo de este organismo en la defensa de los intereses de los usuarios de servicios financieros".
"El año último, tras la aprobación de la nueva Carta Orgánica, el BCRA creó un área especializada en la defensa de los consumidores y usuarios de servicios financieros, que tendrá especial intervención en la aplicación de las normas aprobadas por el Directorio, finalizó el parte de prensa.
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