Ahora que el puerta a puerta es oficial, esto es lo que tenés que hacer para comprar
Se podrán recibir envíos para consumo personal por medio del Correo Argentino o servicios de couriers. Los interesados contarán con una franquicia anual de 25 dólares. Superando ese monto se deberá abonar un 50% por sobre el valor del producto importado. Se permitirán hasta 5 compras de hasta mil dólares cada una al año por persona.
En el caso de envíos que se reciben a través de Prestadores de Servicios Courier, serán éstos los encargados de realizar la declaración de los envíos. Esta declaración incluye la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes. También serán responsables tributarios del pago ante la AFIP.
Esta modalidad podrá ser utilizada sólo 5 veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilogramos valuados en un importe inferior o igual a U$S 1000, siempre que se conformen por hasta 3 unidades de la misma especie y no se presuma una finalidad comercial.
Luego de recibir el envío, ya sea a través del Correo Oficial o de los Prestadores de Servicios Courier, habrá 30 días corridos para ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Esta confirmación permitirá realizar posteriores operaciones.
Claves de los nuevos procedimientos
Libros, impresos y documentos serán liberados mediante la modalidad puerta a puerta sin la exigencia de confeccionar ningún tipo de declaración, cuando ingresen a través del Correo Oficial.
Trámites: Se elimina el formulario 4550 y la necesidad de realizar trámites presenciales para los envíos habilitados para el servicio puerta a puerta, eliminando un sistema que provocó incomodidad y que miles de paquetes quedaran abandonados.
Controles: para asegurar los controles de ingreso de productos y la trazabilidad de los mismos, se realizará una validación del receptor vía página web de AFIP, que se deberá realizar luego de recibido el envío.





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