El Banco Central restringe la compra de dólares para ahorro

Economía

La autoridad monetaria resolvió derogar la facultad de venta de divisas extranjeras con fines de ahorro pero habilitó la posibilidad de hacerlo para ayudar a familiares o para utilizarlo en tratamientos médicos.

El Banco Central resolvió este jueves derogar la facultad de venta de divisas extranjeras con fines de atesoramiento, una medida que en la práctica ya estaba limitada, y que ahora fue formalizada a través de una circular de la autoridad monetaria.

A sí, a través del expediente 400/23/12, el BCRA suspendió la compra de dólares "sin destino de aplicación a un destino específico".

Además, fijó un plazo para cambiar divisas extranjeras para la adquicisión de inmuebles. Sólo se permitirán esas operaciones hasta el 31 de octubre.

Como contrapunto, el fisco habilitó la posibilidad de comprar divisas para ayudar a familiares o para utilizarlo en tratamientos médicos, confirmaron fuentes de la entidad bancaria a minutouno.com.

También se permite la compra de dólares en concepto de viajes y turismo por parte de personas residentes para los viajes propios, y de empresas por los viajes de su personal, previa validación fiscal de cada operación.

A su vez, quedó habilitada la posibilidad de comprar dólares para realizar donaciones en casos de desastres naturales, urgencias sanitarias u otras situaciones de carácter humanitario de conocimiento público.

Estas donaciones pueden ser recibidas únicamente por organismos y entidades gubernamentales, u otras entidades con presencia en el país y reconocidas internacionalmente por sus obras benéficas.

La compra de dólares será autorizada también en casos para el pago y cobro de mercancías, servicios, rentas y capital de acuerdo con la normativa actualmente en vigor, que entre las compras y ventas de cambios suman alrededor de 300 códigos.

Por último, la resolución del BCRA ordena "permitir con validación fiscal previa el acceso al mercado de cambios para los casos previstos en la Comunicación A 4834, cuando superen los 1.000 dólares o equivalente".

En ese sentido, precisa que "se canalizan pequeñas operaciones de personas que regularmente no operan en el mercado de cambios, a través de un sistema simplificado para operaciones de hasta US$ 5.000 dólares contra la presentación de una declaración jurada y con acreditación en cuenta (sea compra o venta). Se trata de una norma para clientes que no operan habitualmente con el exterior".

Entre los casos contemplados por esta norma, el Banco Central aclara que pueden mencionarse los siguientes: a) en el caso de ingreso de divisas, un cheque por la prestación de un servicio por una sola vez (ej. una conferencia) o por el pago de gastos de un viaje (invitación a un seminario). Los dólares ingresan contra declaración jurada y los pesos deben acreditarse obligatoriamente en una cuenta bancaria; b) para la salida de divisas, casos como los de turistas argentinos que sufren en el exterior la pérdida o robo de documentos y dinero y se quedan sin fondos. Los familiares entonces pueden acceder al mercado para enviarles las divisas. El límite máximo para el envío es de 5.000 dólares o equivalente; pero para remitir más de 1.000 dólares se requiere validación fiscal previa. También se requiere declaración jurada y los fondos deben provenir de una cuenta bancaria.




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