El Gobierno modificó el sistema de control de autopartes y neumáticos: todos los detalles
De ahora en más los fabricantes e importadores de autopartes y neumáticos deberán incluir un código QR con información detallada.
El gobierno de Javier Milei introdujo este martes modificaciones al sistema de identificación de autopartes y neumáticos mediante códigos QR y flexibilizó algunos requisitos que habían sido establecidos el año pasado para la comercialización de componentes de seguridad vehicular.
Así quedó plasmado en la Resolución 93/2026 publicada hoy en el Boletín Oifical con la firma del titula de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Pablo Agustin Lavigne.
La normativa ajusta el régimen creado en 2025, que obliga a fabricantes e importadores de autopartes de seguridad a incorporar un Código QR que permita a consumidores y autoridades acceder a información detallada sobre el producto, incluyendo fabricante, marca, modelo, origen, número de certificación y organismo certificador.
Según explicó el Gobierno, durante la puesta en marcha del sistema se recibieron observaciones de cámaras empresarias del sector automotor y autopartista respecto de dificultades operativas para cumplir con algunas exigencias previstas originalmente.
A partir de esas observaciones, la resolución incorpora una excepción específica para los neumáticos. En aquellos casos en que resulte "materialmente imposible" colocar el código QR en el producto o en su envase primario, la información podrá brindarse a través de un código visible en el punto de venta o de entrega.
La norma también establece que cuando la comercialización se realice por medios electrónicos o canales de venta a distancia, la información deberá encontrarse disponible para el consumidor antes de concretar la compra mediante un enlace digital visible.
Otro de los cambios relevantes es la creación de un período de transición para el stock existente. Las autopartes y elementos de seguridad que hubieran sido fabricados o importados antes de la entrada en vigencia del régimen podrán seguir comercializándose hasta el 1 de septiembre de 2026, siempre que cumplan con la normativa vigente al momento de su fabricación o importación.
Cumplido ese plazo, todos los productos alcanzados deberán adecuarse a las nuevas disposiciones sobre trazabilidad e identificación.
Desde el Ministerio de Economía señalaron que las modificaciones buscan "facilitar la implementación del sistema, mejorar las condiciones de trazabilidad y garantizar el acceso a la información por parte de los consumidores y de las autoridades de fiscalización".
Resolución 93/2026:
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