Las nuevas modificaciones de ANSES: lo que sucederá con la AUH
El organismo estatal brindó toda la información sobre estos montos destinados a distintos beneficiarios durante el primer mes del año próximo.
Las nuevas modificaciones de ANSES: lo que sucederá con la AUH.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dio a conocer el plazo límite para presentar los documentos solicitados de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y así cobrar el 20% retenido durante todo el año. Algunos beneficiarios de este programa del organismo podrán recibir montos que superan los $600.000 antes de fin de año.
Lo cierto es que los padres deben presentar la Libreta AUH para demostrar que los niños están escolarizados, cuentan con el programa de vacunación y cumplen con los controles de salud. Este proceso se puede completar de forma online o presencial.
Los cambios en la AUH
En el caso de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, la resolución dispone que, cuando la información sanitaria enviada mensualmente por el Ministerio de Salud permita verificar el cumplimiento de los controles médicos y el calendario de vacunación de niños y niñas de hasta cuatro años inclusive, el 20% retenido se liquidará de manera automática y mensual, junto con el 80% que se paga habitualmente.
Para niños y niñas a partir de los cinco años, se mantiene además la exigencia de certificación de escolaridad en establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial. Los titulares podrán presentar la documentación correspondiente ante la ANSES, que definirá los procedimientos administrativos para la liquidación del monto reservado.
Los cambios en la AUE
La resolución también introduce modificaciones en la Asignación por Embarazo para Protección Social. El 20% acumulado será abonado por la ANSES una vez acreditada la finalización del embarazo -ya sea por nacimiento, defunción o interrupción- y el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento.
Al igual que en la AUH, el cumplimiento de estas condiciones podrá validarse automáticamente a partir de la información remitida por el Ministerio de Salud. De no contar con esos datos, la titular deberá presentar la documentación respaldatoria ante la ANSES. El texto aclara que el derecho al cobro caducará automáticamente si la acreditación no se realiza dentro de los 12 meses de ocurrido el hecho.
Los objetivos de esta decisión
La iniciativa se inscribe en los principios de eficiencia administrativa, simplificación de trámites y garantía de derechos, en línea con la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley 27.611 de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia.
Además, el Gobierno destacó que la medida apunta a fortalecer el sistema de protección social, articulando la política sanitaria con la política de ingresos, y reforzando los compromisos del Estado nacional en materia de primera infancia y reducción de la pobreza infantil.
La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, y la ANSES quedó facultada para dictar las normas operativas necesarias para su implementación.
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