Monotributo ARCA: confirman los nuevos montos a pagar y habilitan el proceso de recategorización

Economía

ARCA confirmó que la recategorización del Monotributo permanecerá abierta hasta el 5 de agosto para quienes deban actualizar su categoría.

Los contribuyentes inscriptos en el Monotributo ya pueden realizar la recategorización habilitada por ARCA, un trámite que permanecerá disponible hasta el 5 de agosto, inclusive. La gestión puede completarse de manera rápida tanto desde el sitio web oficial como a través de un teléfono celular.

Las nuevas categorías fueron definidas a partir de la actualización de las escalas según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido por el INDEC. Con la intención de hacer más ágil este procedimiento, ARCA incorporó una modalidad de recategorización simplificada para el Monotributo. Al ingresar al portal del régimen, el sistema exhibe automáticamente el total de la facturación anual registrada.

Si ese dato es correcto, el usuario solo debe confirmar la categoría que le corresponde. En caso de detectar diferencias, también tiene la posibilidad de modificar el importe de forma manual antes de finalizar el trámite.

Qué se debe tener en cuenta

Otra alternativa para completar el trámite es utilizar la aplicación ARCA Móvil, que permite realizar la recategorización del Monotributo de manera sencilla desde cualquier teléfono celular. La modalidad de recategorización simplificada está destinada a los contribuyentes del Monotributo que facturen exclusivamente mediante puntos de venta electrónicos y que ya cuenten con al menos 12 meses de permanencia dentro del régimen.

Este proceso corresponde a la segunda recategorización anual prevista por la Ley 24.977, que regula el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, junto con las modificaciones incorporadas a esa normativa.

Cómo se actualizan ahora los parámetros e importes a pagar

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52 del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Ley 24.977), los parámetros del Monotributo se revisan y actualizan cada seis meses. Para esta instancia de recategorización, se tomó como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al período comprendido entre enero y junio.

Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización

No todos los contribuyentes del Monotributo deben realizar la recategorización. Existen dos situaciones en las que el trámite no es necesario:

  • Cuando los parámetros de la categoría vigente no registraron cambios y, por lo tanto, corresponde continuar en la misma categoría.
  • Cuando se trata de un contribuyente que recién inició su actividad y todavía no transcurrieron seis meses calendario desde su inscripción en el Monotributo.

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