Pensión por discapacidad de ANSES: cuáles son los topes de ingresos permitidos para no perder la prestación
El organismo planea abonar estos beneficios durante el décimo mes del año. Conocé todos los detalles en la nota.
Pensión por discapacidad de ANSES: cuáles son los topes de ingresos permitidos.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó que en octubre de 2026 las jubilaciones y pensiones van a volver a recibir un aumento, en línea con la fórmula de movilidad vigente que toma como referencia el dato de la inflación de dos meses atrás del INDEC.
Además del incremento del 1,7%, se le suma el bono extraordinario de $70.000 para quienes cobran la mínima.
Cuál es el límite de ingresos para cobrar una pensión por discapacidad
De acuerdo con la Ley 27.793, quienes perciban ingresos superiores a dos salarios mínimos, móviles y vitales, por su actividad laboral o inscripción en los regímenes, se le suspenderá la prestación.
El monto máximo que se puede ganar en octubre del 2026 sin perder el beneficio es $782.400 (el salario mínimo se fijó en $391.200).
En cambio, en noviembre del 2026, el límite se actualiza con los cambios del salario mínimo, el cual queda fijado en $398.800; por lo que el equivalente a dos salarios mínimos sería $797.600.
Qué pasa si una persona con discapacidad trabaja en blanco y cobra una pensión
Una persona con discapacidad que trabaja en blanco puede conservar su pensión, siempre y cuando sus ingresos mensuales no superen el límite establecido por la normativa vigente de dos salarios mínimos.
En qué casos se suspende la pensión por discapacidad y cómo se puede recuperar
La Ley 27.793 establece criterios específicos sobre cuándo se interrumpe este beneficio y el mecanismo legal para volver a percibirlo:
- Por superar el tope de ingresos laborales: se aplica suspensión automática únicamente cuando el titular posee un empleo formal y sus ingresos económicos netos superan el equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles.
- Por incompatibilidad de prestaciones: si el solicitante recibe protección por un régimen de previsión, retiro permanente o cualquier otra pensión de carácter contributivo o no contributivo.
- Por ingresos propios ajenos al trabajo: si la persona percibe ingresos económicos netos iguales o superiores a dos salarios mínimos por otro concepto individual.
- Por la evaluación socioeconómica o patrimonial: Si deja de cumplir con los criterios socioeconómicos que fija la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) junto al Consejo Federal de Discapacidad.
Cómo se puede recuperar:
- Se puede solicitar al momento en que finalice el vínculo laboral (independientemente de cuál fue la causa de despido o renuncia).
- Cuando los ingresos mensuales vuelvan a resultar inferiores al monto de los dos salarios mínimos vitales y móviles.
- El titular del derecho debe realizar formalmente la solicitud de rehabilitación inmediata ante la autoridad competente.
- La persona tendrá derecho a percibir los haberes de la pensión desde la fecha exacta en que formule dicha petición de reactivación.
Temas
Las Más Leídas







Dejá tu comentario