Archivaron la causa contra Marcela Pagano por enriquecimiento ilícito: la denuncia carecía de hechos concretos
La decisión estuvo a cargo de la jueza federal María Servini, que desestimó la denuncia de 15 legisladores libertarios contra su excompañera de banca.
Archivaron la causa contra Marcela Pagano por enriquecimiento ilícito: la denuncia carecía de hechos concretos.
La jueza federal María Servini dictó el archivo por "imposibilidad de proceder" de la causa iniciada contra la diputada nacional Marcela Pagano. La medida desestimó las acusaciones presentadas por quince legisladores de su propio espacio político por presunto enriquecimiento ilícito, omisión maliciosa en sus declaraciones juradas, administración fraudulenta y negociaciones incompatibles con la función pública.
La resolución judicial se dio en consonancia con el dictamen del Ministerio Público Fiscal, que concluyó que la presentación carecía de "elementos que permitan vislumbrar una hipótesis delictiva concreta".
En tanto, la Fiscalía remarcó que dar curso a la investigación en esas condiciones hubiese significado una "excursión de pesca" violatoria de las garantías procesales.
Causa contra Marcela Pagano: los ejes desestimados por la investigación
Tras examinar las constancias y la presentación espontánea realizada por la propia legisladora, la Fiscalía desglosó y refutó cada uno de los puntos planteados en la denuncia original:
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Inmuebles y patrimonio: La acusación señalaba inconsistencias en la compraventa de departamentos y la "aparición" de una propiedad no declarada. Los registros demostraron que las operaciones de venta y posterior adquisición del inmueble de la calle Migueletes sucedieron entre marzo y agosto de 2023, meses antes de que Pagano asumiera su banca el 10 de diciembre de ese año. Asimismo, se descartó que la omisión de un presunto inmueble en Nordelta tuviera sustento o respaldo probatorio.
Ahorros y convivencias: La Fiscalía no detectó irregularidades en la tenencia de moneda extranjera declarada y aclaró que una inconsistencia en la fecha de ingreso de los fondos se debió a un error del sistema. Respecto a la falta de declaración de los bienes de su pareja, Franco Bindi, la Justicia señaló que la convivencia comenzó en 2025 —posterior al nacimiento de la hija de ambos—, por lo que no existía obligación legal de incluirlo en las declaraciones de 2024.
Contrataciones y supuestos retornos: Sobre la presunta designación de personal de apoyo parlamentario ligado a Bindi para la retención de honorarios, el dictamen sostuvo que las acusaciones —sostenidas en dichos vertidos en redes sociales— resultaban vagas e imprecisas, imposibilitando fijar un objeto procesal.
Financiamiento externo y "asociación ilícita": Las sospechas formuladas sobre hipotéticos vínculos con diplomáticos de Venezuela, Irán, Rusia o el expresidente boliviano Evo Morales fueron desestimadas al no describirse ni acreditarse un plan ni una organización criminal.
Cierre definitivo de las actuaciones
En su fallo, la jueza Servini recordó que la Cámara Federal ya había rechazado previamente la pretensión de los legisladores denunciantes de constituirse como querellantes en el expediente. Al no contar con el impulso de la Fiscalía y basarse en "hechos puramente imaginarios o simplemente supuestos", la magistrada dio por cerrado el caso bajo los términos del artículo 180 del Código Procesal Penal de la Nación.
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