Despidos subsidiados por el Estado: relajan controles antilavado para acelerar la implementacón del FAL
El FAL creado por Milei y Caputo se nutre de fondos destinados a la Anses para subsidiar con "la plata de los jubilados" los despidos en las empresas privadas.
sLa Unidad de Información Financiera (UIF) relajó este viernes los controles antilavado con el propósito de acelerar la más que demorada implementación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) creado en la denominada Ley de Modernización Laboral y por el cual el gobierno de Javier Milei busca subsidiar despidos en empresas privadas con fondos de la Adminsitración Nacional de la Seguridad Social (Anses), es decir con la famosa "plata de los jubilados".
Así quedó plasmado en la Resolución 109/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la UIF, Matías Gabriel Álvarez. Allí la UIF estableció un régimen simplificado de prevención del lavado de activos para el FAL. La medida reduce las cargas de cumplimiento para los aportes destinados al FAL, al considerar que presentan un riesgo menor. La excepción no alcanza al resto de las operaciones realizadas por las entidades del mercado de capitales.
La disposición exceptúa de determinadas medidas, controles y procedimientos antilavado a los aportes realizados a los FAL en cumplimiento de las obligaciones previstas por la ley. El tratamiento también podrá aplicarse a ciertas contribuciones voluntarias, donaciones, legados y otros ingresos destinados a estos vehículos.
Para acceder a esta excepción deberán mantenerse las restricciones vigentes sobre el rescate de las cuotapartes o certificados de participación, salvo en los casos expresamente autorizados por la regulación.
La decisión se basa en que estos fondos presentan, según el organismo, un perfil de riesgo reducido debido a su finalidad específica, el canal controlado por el cual ingresan los recursos, la imposibilidad de retirarlos libremente y la supervisión ejercida por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
De esta manera, la UIF diferenció a los FAL de otros productos de inversión colectiva de propósito general y aplicó un tratamiento proporcional a los riesgos identificados. La reforma fue elaborada en conjunto con la CNV.
Los Fondos de Asistencia Laboral fueron creados por la Ley 27.802 para que los empleadores privados constituyan reservas con fondos antes destinados a la Anses para afrontar determinadas obligaciones laborales e indemnizatorias.
La UIF aclaró que la flexibilización se limita exclusivamente a los fondos y operaciones vinculados con este régimen. Por lo tanto, no modifica la condición de sujetos obligados de las entidades del mercado de capitales ni elimina sus restantes responsabilidades en materia de prevención del lavado de activos.
La resolución también actualizó las referencias normativas sobre los actores alcanzados por la regulación. Según precisó el organismo, se trata de una adecuación técnica que no incorpora nuevas obligaciones ni modifica el universo de entidades comprendidas.
De esta manera la UIF completa otro de los pasos regulatorios necesarios para la implementación del FAL. Previamente, la CNV había aprobado la reglamentación definitiva, que habilitó su constitución mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros y definió los instrumentos en los que podrán colocarse los recursos.
El FAL se financiará con aportes equivalentes al 2,5% de la masa salarial en el caso de las pymes y al 1% para las grandes empresas. Ese dinero tendrá un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica, por lo que no podrá ser retirado libremente y solo se utilizará para afrontar obligaciones derivadas de la finalización de relaciones laborales.
Aunque está previsto que el sistema comience a funcionar el 1° de noviembre, todavía restan las reglamentaciones de ARCA y la Secretaría de Trabajo. Las empresas que no elijan un vehículo serán asignadas de oficio por la CNV, aunque ese mecanismo recién comenzaría a aplicarse a partir de enero de 2027.
Resolución 109/2026:
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