El Gobierno busca blindar en Diputados el mega DNU 70/2023 con una nueva Ley de Tierras "light"

Política

El oficialismo busca sostener en Diputados el tope del 15% de extranjerización de tierras pero apuesta a eliminar el tope de mil hectáreas en las zonas núcleo.

El gobierno de Javier Milei buscará este miércoles en un plenadio de comisiones de Diputados firmar dictamen exprés al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que viene con media sanción del Senado, con el detalle no menor de que incorporará al texto algunas de las restricciones presentes en la Ley de Tierras Rurales.

El dictamen que impulsan La Libertad Avanza (LLA) y sus aliados respetaría los límites del 15% de tope a la extranjerización a nivel nacional, provincial y departamental, pero eliminará el tope de 1.000 hectáreas en las zonas núcleo del país.

El propósito de la estrategia de recuperar una versión "light" de la Ley de Tierras es, por un lado, quintarle incentivos a la oposición para voltear el polémico mega DNU 70/2023 en la sesión del jueves, y por el otro flexibilizar los límites para la extranjerización de tierras mientras la Justicia se toma su tiempo para definir la cuestión de fondo sobre los planteos en torno a la derogación de la ley 26.737 del 2011.

El plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General se reunirá este miércoles a las 16 hs para retomar el tratamiento del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que el oficialismo aprobó hace más de dos meses en el Senado en medio de grandes dificultades.

La lectura predominante fue que aquella medio sanción significó una derrota para el Gobierno, ya que a la presidenta del bloque libertario, Patricia Bullrich, al verse en minoría, no le quedó más remedio que quitar los capítulos que buscaban eliminar la Ley de Tierras, la Ley de Manejo del Fuego y la Ley de Integración Sociourbana de barrios de emergencia.

El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada fue incluido en el temario de la sesión convocada por el oficialismo para el próximo 21 de octubre junto a otras iniciativas como la de Discapacidad y sobreendeudamiento familiar.

Patricia Bullrich

Patricia Bullrich

Si bien el Gobierno está en contra de cualquier restricción a la compraventa de tierras rurales a extranjeros, dio un giro pragmático al darse cuenta que era una batalla perdida socialmente, y que si insistía con la derogación de la norma, la oposición podía llevarse puesto no solamente la derogación de la Ley de Tierras sino el DNU 70/2023 completo en la sesión de este jueves.

Claves del proyecto

El texto del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada que quedó en pie tras el desguace que sufrió en el Senado aplica cambios en el régimen de desalojos y en las expropiaciones.

La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida.

"Pueden ser objeto de expropiación los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la 'utilidad pública', cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no", señala el texto.

En cuanto a las indemnizaciones, el proyecto establece que el monto se determina por el valor objetivo del bien y no por el valor afectivo o las ganancias hipotéticas.

El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante si está debidamente acreditado: el proyecto original no ponía ningún porcentaje.

La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor (IPC) del INDEC sumado a la tasa del Banco Nación a treinta días.

Sobre los desalojos, se determina como una acción a favor de sujetos con derecho legítimo afectado por ocupación de locatarios, sublocatarios, tenedores precarios e intrusos.

Para dar cumplimiento a esta finalidad, el juez podrá disponer la inmediata entrega del inmueble usurpado u ocupado con tenedores precarios si "el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria".

El juez podrá intimar dentro de las 72 horas la devolución del inmueble si así lo pide el propietario, que deberá mostrar con prueba documental que es el dueño de este terreno, vivienda o campo.

En el caso de desalojos por mora (es decir, cuando no hay una usurpación directa), luego de la intimación al pago los inquilinos tendrán un plazo de al menos 10 días para regularizar deudas antes de que el locador les pude iniciar la acción de desalojo, contando desde el momento que recibieron la notificación.

La notificación será dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico; y se tomará como válida aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él.

"Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley", se indica en el proyecto.

En tal caso, la resolución judicial incluirá habilitación para "el uso de la fuerza pública en caso de necesidad, así como al allanamiento del domicilio y a la apertura de cerraduras".

Más allá de la regla general para los desalojos, se estipula en la ley un protocolo de vulnerabilidad que otorga un plazo máximo de 10 días para asegurar alternativa habitacional transitoria con intervención del Ministerio Público Tutelar cuando en la ocupación hayan menores, discapacitados o adultos mayores desamparados.

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