Cómo se tramita el recurso extraordinario de per saltum
El ministro de Justicia confirmó que el Gobierno recurrirá a la Corte, en contra de la resolución de Servini de Cubría que declaró inconstitucional la reforma del Consejo de la Magistratura. Cuáles son los pasos a seguir y los tiempos del máximo tribunal
El recurso extraordinario por salto de instancia, llamado "per saltum" se interpone directamente ante la Corte Suprema de Justicia, mediante escrito fundado dentro de los diez días de notificada la resolución impugnada, en este caso el fallo de la jueza federal electoral María Servini de Cubría que declaró inconstitucional la reforma al Consejo de la Magistratura.
Qué puede hacer la Corte: el alto tribunal tiene dos opciones, la primera y la que aparece como probable, es que debido a la "gravedad institucional" tome el caso y resuelva de inmediato, tal como lo anunció el presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti.
En este caso, ni bien la Corte declare la admisibilidad del recurso, el fallo de Servini de Cubría se suspenderá hasta tanto el alto tribunal dicte sentencia.
La otra posibilidad, aunque menos probable, es que la Corte rechace el recurso sin más trámite si no se observan los requisitos para su procedencia, en cuyo caso proseguirá la causa según el procedimiento que corresponda, es decir que iría a la Cámara Electoral que es el tribunal superior de Servini de Cubría.
La ley de salto de instancia explica que "el auto por el cual el Alto Tribunal declare la admisibilidad del recurso tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida", esto es que cuando la Corte acepta su tramitación, el fallo de Servini de Cubría queda suspendido.
Del escrito presentado se dará traslado a las partes interesadas por el plazo de cinco (5) días notificándolas personalmente o por cédula". "Contestado el traslado o vencido el plazo para hacerlo, la Corte Suprema decidirá sobre la procedencia del recurso".
"Si lo estimare necesario podrá requerir al Tribunal contra cuya resolución se haya deducido el mismo, (Servini de Cubría ) la remisión del expediente en forma urgente", dice la ley.
El per saltum procede en las causas que se acrediten "cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior".
Gravedad institucional: "Existirá gravedad institucional en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el interés de las partes en la causa, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno o los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados", dice la ley.
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