Quebracho "no cometió delito" al arrojar bombas de olor en el Senado
- La Cámara Federal revocó el procesamiento de siete jóvenes que se oponían a una ley de hidocarburos en el Parlamento.
- Los jueces consideraron que se trató de una manifestación y no de una "perturbación penal".
La Cámara Federal revocó los procesamientos de siete jóvenes al considerar que no cometieron delito cuando arrojaron panfletos, bombas de olor y gritaron desde una galería del recinto de Senadores del Congreso Nacional, contra un proyecto de ley el 11 de octubre de 2006.
La decisión fue tomada por los camaristas de la sala I Gabriel Cavallo, Eduardo Freiler y Eduardo Farah, que entendieron que "antes que una perturbación penalmente reprimida, cabe interpretar a los hechos como una expresión por parte de los manifestantes de disconformidad con la sanción de la ley de hidrocarburos".
La tarde del 11 de octubre de 2006 la Cámara de Senadores debatía esta normativa cuando jóvenes ubicados en una galería comenzaron a arrojar panfletos, bombas de olor y a gritar identificándose como de la agrupación "Quebracho".
Todos habían ingresado al recinto diciendo ser estudiantes de la Universidad Nacional de La Plata que realizaban un trabajo sobre el tema ambiental. El escándalo obligó a suspender la sesión, en un cuarto intermedio de doce minutos, durante los cuales la seguridad del Senado pidió al grupo que se retirase, algo que fue acatado.
Poco después, el apoderado legal de la Cámara alta radicó una denuncia policial y el juez federal Jorge Ballestero procesó a todos por el delito de "perturbación al ejercicio de la función pública".
Esto fue apelado por la defensa de los jóvenes que argumentó que la intención sólo era "reunirse, expresarse y reclamar frente a un acto legislativo y no impedir que se le diera tratamiento al proyecto de ley de hidrocarburos".
El tribunal de apelaciones le dio la razón, revocó el procesamiento y sobreseyó a los manifestantes. "No puede dejar de considerarse a su vez que los imputados se retiraron del recinto en forma inmediata ante el pedido del personal de seguridad interno del Senado y que la interrupción que produjo esta manifestación alcanzo apenas los 12 minutos", consideraron los jueces.
Además, enmarcaron lo ocurrido en el derecho a la "libre expresión" ya que "considerar que los hechos de este caso constituyen la perturbación de una sesión legislativa, es el resultado de una interpretación que dada su incompatibilidad con derechos fundamentales, desmorona el sistema normativo al que
pertenece".
"Debe dársele preeminencia al derecho fundamental de la libertad de expresión", consideró la Cámara, aún "por sobre el derecho a que los legisladores se manifiesten en debates parlamentarios sin perturbaciones".
Además remarcaron que, en este caso, había "escasez de otros medios de expresión para manifestarse en contra del proyecto que se estaba tratando". El delito por el que pretendía juzgarse a los manifestantes prevé de 15 días a seis meses de prisión y es excarcelable.
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