Aumento por decreto para jubilados: qué pasa con los otros beneficios de ANSES

Sociedad

La Administración Nacional de Seguridad Social otorgará un aumento de haberes para los jubilados.

El Gobierno nacional tomará medidas en abril para aumentar los haberes de jubilados y pensionados. Este incremento coincidirá con una recomposición del 10 al 14% para contrarrestar el impacto de la inflación de enero. Anticipándose a los tiempos del Congreso, el Gobierno optó por promulgar por decreto esta nueva actualización de las jubilaciones y pensiones en abril.

En marzo, la ANSES ya había otorgado el primer aumento del año por movilidad, acompañado de un bono de $70.000, para jubilaciones, pensiones y asignaciones. Se confirmó que este refuerzo también se entregará el próximo mes.

Cómo será el aumento por decreto para jubilados

La gestión de Javier Milei tenía la intención de incluir la nueva fórmula jubilatoria como parte de la nueva ley Bases. Sin embargo, este proyecto sería debatido en el Congreso a mediados de abril. Por otro lado, los bloques opositores abogaban por una recomposición mayor a la propuesta por el Gobierno, considerando la pérdida de poder adquisitivo sufrida por los jubilados y pensionados durante los primeros meses del año. Ante la falta de consenso y para asegurar que los cambios se reflejen en el calendario de pagos de Anses en abril, el Ejecutivo optó por adelantarse y avanzar mediante un decreto.

ANSES: ¿hay aumento por decreto para otros beneficiarios?

Es importante resaltar que la ley actual de Movilidad Jubilatoria prevé actualizaciones trimestrales tanto para jubilados y pensionados como para titulares de asignaciones como la AUH, Asignaciones Familiares (SUAF) o la Asignación por Embarazo (AUE). Sin embargo, a la espera del decreto que establecerá la nueva actualización, aún no se ha confirmado oficialmente si el incremento afectará los montos de las diversas prestaciones que ofrece la Anses.

Calendario de pagos ANSES

Pensiones No Contributivas

  • DNI terminados en 0 y 1: 3 de abril.
  • DNI terminados en 2 y 3: 4 de abril.
  • DNI terminados en 4 y 5: 5 de abril.
  • DNI terminados en 6 y 7: 8 de abril.
  • DNI terminados en 8 y 9: 9 de abril.

Jubilaciones con haber mínimo

  • DNI terminados en 0: 10 de abril.
  • DNI terminados en 1: 11 de abril.
  • DNI terminados en 2: 12 de abril.
  • DNI terminados en 3: 15 de abril.
  • DNI terminados en 4: 16 de abril.
  • DNI terminados en 5: 17 de abril.
  • DNI terminados en 6: 18 de abril.
  • DNI terminados en 7: 19 de abril.
  • DNI terminados en 8: 22 de abril.
  • DNI terminados en 9: 23 de abril.

Jubilaciones que superan el haber mínimo

  • DNI terminados en 0 y 1: 24 de abril.
  • DNI terminados en 2 y 3: 25 de abril.
  • DNI terminados en 4 y 5: 26 de abril.
  • DNI terminados en 6 y 7: 29 de abril.
  • DNI terminados en 8 y 9: 30 de abril.
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