Monotributistas deberán presentar declaración jurada de salud a ANSES
Según lo estableció la AFIP, los trabajadores que estén dentro del Monotributo deberán informar el Grupo Familiar Primario y notificarse de la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada de Salud.
La declaración de salud se presentará junto al acuse de recibo de la adhesión al Monotributo, luego de descargarla de la página de Internet de la AFIPbr>
Grupo familiar
Los ingresos brutos y la energía eléctrica consumida en el período enero - diciembre 2014, junto con la superficie afectada al 31 de diciembre pasado y los alquileres devengados, determinarán la categoría en la cual debe encuadrarse el monotributista.
Transcurridos cuatro meses, deberá anualizar los ingresos brutos obtenidos, la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados en el cuatrimestre, a efectos de confirmar la categoría, recategorizarse o determinar la exclusión del régimen.
En materia de compras más gastos inherentes al desarrollo de la actividad, los prestadores de servicios no pueden tener egresos anuales por más de $160.000, límite que equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el esquema de tributación. Para el caso de los que realicen ventas de bienes muebles el tope de egresos anuales equivale al 80% de ingresos de la última categoría, es decir, no pueden tener egresos anuales superiores a $480.000.
Declaración informativa
En otro orden, al final de cada cuatrimestre calendario los monotributistas deberán presentar una declaración jurada informativa en caso de que se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L (con facturación de entre $ 144.000 y $ 600.000); o revistan la calidad de empleadores, sin importar su categoría.
Estos monotributistas deberán informar sobre las operaciones con los principales clientes y proveedores; y sobre el local comercial o el vehículo de transporte, entre otros datos, en la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral.
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