Bajar y subir del colectivo en cualquier esquina es un derecho

Sociedad

*El "derecho" de bajar y subir al colectivo en cualquier esquina de la ciudad un día de lluvia y entre las 22 y las 6 cualquier día, es algo que muy pocos conocen.
*Se trata de una ordenanza del año 1968. El año pasado se presentó un proyecto en la Legislatura que buscaba su cumplimiento y que facilitara la difusión de la misma a los usuarios.
*En qué estado se encuentra hoy la norma y por qué es tan poco implementada.

Otro de los tantos derechos que desconocemos los ciudadanos tiene que ver con una cuestión muy práctica y que brinda seguridad.



Una ordenanza establece que los colectivos de línea deberían parar en todas las esquinas los días de lluvia sin necesidad de que sean las paradas fijadas. Pero esto también debería cumplirse todos los días en los horarios nocturnos que comprenden la franja de 22 a 6 de la mañana.



La norma, que data de una ordenanza de 1968, se cumple muy poco. Tal vez por ignorancia de los usuarios o de los mismos choferes de línea.


 “Se generan discusiones, la gente suele tocar el timbre cuando quiere bajar. Pero el chofer al escuchar el timbre, por una cuestión natural, continúa hasta la parada”, explica Andrés Arrejoría, secretario de la Unión Tranviaria Automotor (UTA).  
   

“Nosotros hemos recibido muchos reclamos en este tipo de cuestiones que son trasladados al Ejecutivo”, asegura el presidente de la Comisión de Tránsito y Transporte de la ciudad de Buenos Aires, Jorge San Martino.



Una iniciativa que impulsó el año pasado el diputado Daniel Amoroso para que se cumpla este derecho planteaba que se informe a la gente con carteles que "indiquen claramente el lugar donde los usuarios afectados por las contravenciones a la norma puedan efectuar sus reclamos".



Por su parte desde el gremio de los colectiveros aseguran que están al tanto de esta reglamentación, pero que a veces es difícil llevarla a cabo por la “incomprensión de los usuarios”.


 


“Se generan discusiones, la gente suele tocar el timbre cuando quiere bajar. Pero el chofer al escuchar el timbre, por una cuestión natural, continúa hasta la parada”, explica Andrés Arrejoría, secretario de la Unión Tranviaria Automotor (UTA).



Desde el punto de vista de Arrejoría la gente debería hacerse entender más cuando quiere hacer valer ese derecho. De todas maneras, asegura el secretario, que todos los inconvenientes que tuvieron con usuarios por estos problemas los pudieron “resolver sin problemas”.



Qué establece la ordenanza 23.583: En su artículo 3 dice que entre las 22 y las 6 horas, así como también cuando llueve, los conductores de vehículos de transporte público común de pasajeros deberán detener la marcha de los mismos en todas las cuadras, para permitir el ascenso y descenso de los usuarios.



Qué plantea el proyecto que ampliaría estos controles: Establece que el Poder Ejecutivo, a través de la Dirección competente, disponga carteles en las paradas y refugios de los transportes públicos con la leyenda sobre la obligación para el colectivo.



En qué estado se encuentra el Proyecto: Actualmente espera su aprobación en la Comisión de Obras y Servicios Públicos para luego ser tratada en el recinto.


 


 


La norma que data de una ordenanza de 1968 se cumple muy poco. Tal vez por ignorancia de los usuarios o de los mismos choferes de línea. 
    


La falta de información también es una cuestión clave y el proyecto que le facilitaría esa tarea a la gente aún espera ser aprobado.


 


Este es un derecho muy poco utilizado por los pasajeros, es simplemente otro de los tantos derechos que desconocemos los ciudadanos.

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