Con el #NuevoCódigoCivil, la fidelidad ya no es más un deber conyugal
Cuatro expertos en la nueva normativa que entró a regir desde este 1 de agosto explicaron a C5N en detalle los cambios que impactarán en las parejas que deseen contraer matrimonio y en aquellas que optan por romper el enlace. Mirá la nota.
Entre otros aspectos, el nuevo Código Civil y Comercial introduce grandes novedades en materia de enlace y divorcio. En ese sentido, los expertos entrevistados en el programa Remix de Noticias, que se emite por C5N, subrayaron que la fidelidad ya no será más un deber conyugal y la infidelidad causal de divorcio.
"Los divorcios pasan a ser incausados, desaparece el deber de fidelidad, el deber de cohabitación, queda sólo la fidelidad como un deber moral. Ya no se podrá alegar la infidelidad como causal de divorcio", explicó Natalia Groisman, abogada especialista en temas del derecho civil.
Otra modificación es la incorporación de la figura del "contrato prenupcial". "El sistema de convenciones implica que los que se van a casar pueden establecer que lo que cada uno gana sea propio cuando se disuelva el matrimonio", señaló el abogado Osvaldo Ostemberg "Ésta es la gran novedad respecto de este código comparado con el anterior", añadió y citó como ejemplo el caso de Uruguay, donde este mecanismo ya existe
"Así como cuando uno se casa no tiene que explicar por qué lo hace, ahora tampoco habrá que explicar el motivo por el cual uno se divorcia", indicó por su parte Groisman. La abogada aclaró que otro cambios es que "ya no debe esperar tres años para poder iniciar el trámite de divorcio cuando la decisión es unilateral". Así, dijo, "uno puede contraer matrimonio y al otro día pedir divorcio de forma individual y sin necesidad de fundamentar motivos".
Se podrá, además, casarse con otra persona pese a que el trámite de divorcio esté en marcha y no haya concluido aún.
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