Decisión de último momento: cuáles son los autos exentos de realizar la VTV

Sociedad

Este trámite, obligatorio en todo el territorio argentino, tiene como objetivo reducir accidentes y mejorar la seguridad vial. Los detalles en la nota.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es un control anual obligatorio que tiene como objetivo mejorar la seguridad vial. Durante el trámite, los técnicos revisan distintos sistemas del vehículo, como frenos, luces, suspensión y neumáticos, para asegurarse de que todo funcione correctamente para reducir accidentes.

En el inicio de este año, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires decidió eximir a ciertos vehículos de esta obligación. La medida apunta principalmente a automóviles nuevos o con bajo kilometraje, buscando reducir la congestión en los centros de verificación y aliviar el gasto para quienes poseen unidades recientemente adquiridas.

La lista de autos que no deberán hacer la VTV en enero de 2026

VTV (1).png
Los autos 0km deben realizar su primera inspección al cuarto año de su patentamiento o al alcanzar los 64 mil kilómetros.

Los autos 0km deben realizar su primera inspección al cuarto año de su patentamiento o al alcanzar los 64 mil kilómetros.

Los autos cero kilómetro no necesitan pasarla durante los primeros 4 años o hasta recorrer 64.000 km. Además, las motocicletas nuevas tampoco deben hacerla antes de cumplir 4 años.

Por otro lado, los vehículos de entre 4 y menos de 7 años con menos de 84.000 km deberán llevar a cabo la inspección cada 24 meses. A partir de los 7 años o 84.000 km, la VTV debe renovarse cada año.

Quiénes no deben pagar la VTV

La ciudad también cuenta con una normativa especial que permite acceder a este trámite de manera gratuita, aunque esta dirigido para un grupo específico de conductores:

  • Los jubilados, pensionados o personas mayores de 65 años cuyos ingresos no superen el haber mínimo y que tengan un vehículo cuyo valor esté dentro del límite establecido por la Ciudad de Buenos Aires para el impuesto de radicación de autos.
  • Las personas con discapacidad, ya sea que sus vehículos cuenten con adaptaciones especiales o no.
  • Los familiares o tutores de personas con discapacidad que no sean titulares del vehículo, como padres, hijos, cónyuges o convivientes, también pueden beneficiarse de esta exención.

Temas

Dejá tu comentario