El "Tigre" Acosta deberá cumplir 35 años de prisión antes de poder volver a pedir la libertad condicional
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un planteo del exjefe de inteligencia de la ESMA y ratificó que no podrá solicitar el beneficio hasta 2038.
La Cámara ratificó un nuevo revés judicial para uno de los símbolos máximos del terrorismo de Estado durante la última dictadura cívico-militar. La Sala IV del máximo tribunal penal del país determinó que Jorge "El Tigre" Acosta deberá purgar un mínimo de 35 años de prisión efectiva antes de estar en condiciones formales de solicitar el beneficio de la libertad condicional en el marco de las megacausas por crímenes de lesa humanidad.
De esta manera, los jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky desestimaron por unanimidad el recurso presentado por la defensa del exjefe de inteligencia que operó en la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) y en el centro clandestino "La Perla". Los magistrados fundamentaron su decisión en que las desapariciones forzadas constituyen delitos permanentes, por lo que corresponde aplicar el régimen legal que exige un cumplimiento temporal más extenso para las condenas a reclusión perpetua.
El cómputo de la pena y el horizonte de encierro
Con este fallo unánime, el genocida, quien se encuentra detenido de forma ininterrumpida desde septiembre de 2003 y actualmente cumple arresto bajo la modalidad de prisión domiciliaria, deberá permanecer bajo órbita de ejecución penal hasta el 12 de enero de 2038. Para esa fecha, el exmarino alcanzará los 92 años de edad, cristalizando de forma efectiva el cumplimiento de los plazos fijados por la jurisprudencia para delitos de semejante gravedad institucional.
La resolución de Casación barrió así con los argumentos planteados por la defensa particular, que pretendía habilitar el pedido de morigeración basándose en un régimen temporal más laxo de veinte años de encierro. Al ratificar la vigencia de los criterios adoptados en precedentes anteriores para represores de su estirpe, la Justicia ratificó que los crímenes aberrantes cometidos durante el terrorismo de Estado no admiten flexibilizaciones en los tiempos de cumplimiento de condena.
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