En agosto cambiará el cálculo para determinar el aumento en la factura de gas
A partir del mes que viene cambiará la periodicidad con que las empresas distribuidoras trasladarán a la tarifas la diferencia en el costo final del gas.
La Secretaría de Energía anunció esta semana que a partir del 1o de agosto cambiará la periodicidad con que las empresas distribuidoras de gas aplicarán a sus tarifas los aumentos que correpondan a la diferencia entre el precio estimativo de compra a productores y el que se paga al final de cada período.
El anuncio fue realizado a través de la Resolución 167/2026 publicada en el Boletín Oficial el jueves, 23 de julio, en el marco de la emergencia energética decretada y sostenida por el Gobierno desde diciembre de 2023.
Desde el primer artículo de la normativa consta el nuevo cálculo para las tarifas de gas, porque se dispone que "las diferencias diarias acumuladas mensualmente, conforme con el Numeral 9.4.2.5. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (RBLD) de gas, cuyo modelo fue aprobado por el Decreto N° 2255/92, serán calculadas e incorporadas con su signo conforme al Numeral 9.4.2.6. de las RBLD, cada DOS (2) meses".
Hasta ahora los aumentos se aplicaban con una periodicidad estacional, es decir, dos veces al año, lo que generaba que las distribuidoras acumularan diferencias durante meses antes de poder trasladarlas a las tarifas finales en cada factura.
Pero a partir del mes que viene la Diferencia Diaria Acumulada (DDA) se calculará e incorporará cada dos meses, tomando como referencia inicial los números del 1o de agosto de 2026.
El mecanismo de DDA existe porque el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) que se traslada a la tarifa residencial no coincide exactamente con lo que las distribuidoras pagan a los productores, lo que da lugar a hay una estimación inicial y luego una corrección.
La ley 24.076 y su reglamentación del Decreto 1.738/92 establecen que esas variaciones deben trasladarse al usuario final "de manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al distribuidor".
El Gobierno intentará "adoptar medidas adicionales para asegurar el abastecimiento de la demanda de servicio completo de las prestadoras del servicio de distribución", teniendo en cuenta que en el esquema anterior generaba un "doble efecto estacional", porque en invierno las distribuidoras pagaban más por el gas y al mismo tiempo consumían más, lo que acumulaba diferencias que luego impactaban abruptamente en la factura.
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