La mitad de los camiones está en falta y el Estado no controla
*Aseguran que la precariedad laboral y la falta de control por parte del Estado nacional y del provincial, figuran entre las causas de tantos accidentes protagonizados por camiones.
*Especialistas del rubro explicaron a minutouno.com que casi el 40% de los camiones circula sin luces bajas.
*También advitieron que el 50% de desplaza en ruta a 80 kilómetros por hora, obligados por las empresas.
Destacó que casi el 40 por ciento de los camiones que circulan por las rutas argentinas “no enciende la luces bajas porque no las tiene y eso hace que no se lo distinga bien ni pueda determinarse cuál es el sentido de su circulación”.
“El Estado debería regular con una política muy fuerte; no hay una política de estado para todo el país”, enfatizó De Jorge.
Un estudio del CESVI concluyó en que hay empresas como las petroleras y de distribución de combustible que tienen sus políticas para el tránsito de camiones. Entre ellas figura una norma según la cual no pueden circular de noche.
Para el directivo del CESVI, una solución posible es que “los conductores no vayan solos o aplicar un sistema de ostas, para evitar el cansancio”.
Los datos elaborados por esa entidad no son alentadores. El 50 por ciento de los accidentes en rutas y calles son protagonizados por vehículos, el 23 por ciento por camiones, el 9 por camionetas, el tres por ciento por motos, el tres por micros y un 12 por ciento por otros vehículos.
En marzo último, un 92 por ciento de los choferes de camiones fueron desaprobados cuando se presentaron a renovar su licencia en la Dirección General de Licencias del Ciudad de Buenos Aires. En esa oportunidad, sólo uno de 13 camioneros pudo responder 30 preguntas del examen.
Desde el Sindicato de Camioneros se hizo saber a minutouno.com que los choferes tienen que aprobar un “examen psicofísico”, que habilita al conductor a efectuar el curso de capacitación correspondiente, y una vez cumplido con ambos requisitos recién está en condiciones de recibir y usar la licencia nacional de habilitante.
Esa licencia fue establecida por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) mediante la resolución 2623/03. “Los conductores que realicen tareas de conducción en vehículos afectados al transporte automotor de cargas generales deberán contar con la licencia nacional habilitante para la conducción de estos vehículos a partir del 1 de enero de 2003”.
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