Malestar en Mar del Plata: avanzan los balnearios en Playa Grande y prácticamente no queda espacio público
Un video muestra el poco lugar que queda para los bañistas en días de marea alta. Qué dice la normativa.
En los últimos días se intensificó el malestar entre vecinos, turistas y especialistas por la situación que se vive en Playa Grande, uno de los lugares más emblemáticos, populares y elegidos de la ciudad de Mar del Plata, donde el avance de los balnearios privados sobre la franja costera está dejando cada vez menos espacio disponible para el uso público, especialmente en días de marea alta.
Un video compartido por Diego García Ríos, profesor de Geografía de la Universidad Nacional de Mar del Plata (UNMDP) e integrante del Centro de Capacitación, Información e Investigación Educativa (CIIE), muestra claramente cómo la arena seca destinada al disfrute de los bañistas queda reducida a poco más de un metro cuando el mar sube, obligando a los visitantes a ubicarse en espacios muy reducidos.
La escena compartida provocó el enojo de los bañistas, sobre todo de los marplatenses, quienes exigen que el municipio tome medidas urgentes para limitar la presencia de carpas y sombrillas que se apropian de gran parte de la línea de costa.
Qué dice la ley sobre el espacio de los balnearios en la playa
La discusión sobre los espacios en las playas públicas volvió a ser tema en los últimos meses, luego de que se informara sobre el avance de prórrogas de contratos para balnearios en distintas zonas de la ciudad, incluidas áreas de Perla Norte, la playa Bahía Bonita y otros puntos de la zona sur. Pese a los reclamos de los vecinos que defienden los espacios públicos, las decisiones administrativas avanzan, según informaron medios locales.
Los reclamos llegan también por parte de especialistas en geografía, quienes advierten la tendencia a la privatización del frente costero, limitando el uso equitativo de las playas ante la expansión de servicios privados y sus estructuras, las cuales limitan progresivamente el acceso libre al mar.
A nivel legislativo, en Argentina existen normas respecto al uso de las playas públicas y la ocupación por parte de concesionarios o balnearios privados. Por ejemplo, el artículo 235 del Código Civil y Comercial establece que el mar, sus aguas, playas y riberas son bienes del dominio público, lo que significa que pertenecen al Estado, y están reservados al uso y disfrute de toda la comunidad, salvo disposición legal específica de orden público. Esto limita la posibilidad de que sean transformados en propiedad privada o que su acceso sea restringido por particulares.
En el artículo 237 se especifica, además, que esos bienes de dominio público son inalienables, inembargables e imprescriptibles, lo cual implica que nadie puede apropiarse de manera privada y permanente de una porción de playa.
Particularmente, en la provincia de Buenos Aires, el Decreto 10391/1987 da ciertas especificaciones respecto a la línea de ribera, declarando que es la administración bonaerense la que debe determinar qué parte de la costa marítima es de dominio público. El texto no establece un número exacto de ocupación permitida para los balnearios, pero resulta como una base legal para definir hasta qué punto pueden llegar las instalaciones.
Temas
Las Más Leídas








Dejá tu comentario