Ordenan a Macri dar una casa digna a una mujer con hijo discapacitado

Sociedad

Lo resolvió la Corte Suprema en un fallo inédito.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenó al gobierno porteño que "garantice una solución habitacional" a una ciudadana boliviana, residente en Capital Federal con un hijo discapacitado y en situación de calle, al tiempo que sugirió "su inclusión en algún programa de vivienda en curso o futuro".



El máximo tribunal del país, se expidió así por primera vez sobre el reconocimiento del derecho a la vivienda.



Estableció que la administración porteña deberá "asegurar la atención y el cuidado del niño", además de "proveer a la madre el asesoramiento y la orientación necesaria para la solución de su problemática habitacional".



"Si bien no hay un derecho a pedir una vivienda, existe una garantía mínima para las personas que afrontan situaciones de extrema vulnerabilidad", señaló el fallo.

La CSJN, de esta manera, resolvió el planteo formulado por Sonia Yolanda Quisberth Castro, madre de un niño de 6 años que padece encefalopatía crónica y, gracias a medidas cautelares, está alojada en un precario hotel del Estado capitalino.



Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, mediante un voto común, más los sufragios concurrentes de Carmen Argibay y Enrique Petracchi, determinaron que el gobierno porteño deberá suministrar a la mujer y su hijo "un alojamiento con condiciones edilicias adecuadas".



"Sin perjuicio de contemplar su inclusión en algún programa de vivienda en curso o futuro para la solución permanente de la situación de excepcional necesidad planteada", sugirieron.



El niño de 6 años sufre una discapacidad motriz, visual, auditiva y social producida por una encefalopatía crónica no evolutiva, razón por la cual la "extrema gravedad" ameritaba una solución integral.



"Se encuentran involucrados también aspectos relativos a la situación en la sociedad de los discapacitados y la consideración primordial del interés del niño", argumentó el máximo tribunal de Justicia del país.



Agregó que la "situación personal, económica y social de la actora y su hijo no les permite, pese a sus razonables esfuerzos, procurarse los medios para acceder a un lugar para vivir con las condiciones mínimas de salubridad, higiene y seguridad necesarias para preservar su integridad física, psíquica y moral".



La Corte precisó que, pese a que el esfuerzo económico estatal resulta considerable para brindar alojamiento a la mujer y su hijo en el precario hotel, no parece haber resultado de un análisis integral para encontrar la solución más eficiente y de "bajo costo".



Argumentó que la inversión realizada por la autoridad local no es la adecuada para garantizar protección y asistencia integral al niño discapacitado.

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