Tras negociaciones, se respeta la Ley 26.541 y el feriado pasa al lunes: cómo es el finde largo de septiembre

Sociedad

El convenio establece un esquema especial que equipara la jornada a un feriado nacional, modificando la actividad en shoppings, supermercados y grandes cadenas.

La incertidumbre llegó a su fin para el sector mercantil de cara al inminente feriado. El Colegio Directivo del Sindicato de Comercio ratificó que la conmemoración del Día del Empleado de Comercio en 2026 se celebrará oficialmente el lunes 28 de septiembre, trasladando el descanso estipulado originalmente para el sábado 26.

La medida responde a una estrategia gremial sostenida en los últimos años para garantizar que el beneficio coincida con una jornada hábil, resguardando al mismo tiempo el movimiento económico del sector durante el fin de semana.

A diferencia de los feriados nacionales del calendario oficial, el corrimiento de esta fecha no opera de manera automática. Al estar fijada por ley, cada modificación requiere un acuerdo paritario específico entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las principales entidades empresarias del país, entre las que figuran la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).

Tras negociaciones, se respeta la Ley 26.541 y el feriado por el Día del Empleado de Comercio pasa al lunes.

Tras negociaciones, se respeta la Ley 26.541 y el feriado por el Día del Empleado de Comercio pasa al lunes.

Dicho entendimiento, que abarca formalmente a los trabajadores regidos bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, se sella mediante una resolución conjunta.

De esta manera, varios trabajadores mercantiles contarán con un descanso extendido, desde el sábado 26 hasta el lunes 28, feriado por el Día del Empleado de Comercio.

Cómo es el impacto del feriado en los comercios

En el plano salarial, el régimen aplicable está determinado por la Ley 26.541, la cual establece que la fecha se rige bajo las mismas normativas que un feriado nacional. Por este motivo, aquellos empleados del sector que deban prestar servicios durante esa jornada deberán percibir el doble de su remuneración habitual, aplicándose un recargo del 100% sobre el salario diario. Asimismo, la legislación prohíbe utilizar el día como franco compensatorio por el descanso semanal, por lo que los empleadores no pueden reemplazar la retribución económica por otra jornada libre.

En términos operativos, el traslado del asueto impactará de forma directa en la dinámica comercial de centros urbanos y paseos de compras.

Por lo general, las grandes cadenas de hipermercados, shoppings y locales de indumentaria en centros comerciales optan por mantener sus puertas cerradas durante todo el día, mientras que los comercios de cercanía y almacenes de barrio atendidos por sus propios dueños o aquellos empleados que acuerden trabajar operan con normalidad.

Dejá tu comentario