El alumno de Huinca Renancó "no fue discriminado"

*El polémico caso del alumno que recibió un amparo para pasar a quinto año sumó otra instancia judicial.
*“No aparece evidente una conducta discriminatoria del docente", dictaminó la Cámara segunda del crimen de Río Cuarto.
*El alumno favorecido por el amaparo había dicho que el profesor Strada lo discriminaba por el pelo largo.

La Cámara Segunda del Crimen de Río Cuarto cuestionó la decisión de un juez de Control de Huinca Renancó que permitió al hijo del fiscal Juan Manuel Roco Colazo pasar de año gracias a un recurso de amparo, bajo el argumento de una discriminación que no fue probada hacia el adolescente.

Considera, en este sentido, que no se evidencia que el profesor Hugo Strada, el docente cuestionado por los padres del adolescente, haya discriminado al chico por llevar el pelo largo.

Por su parte, el alumno continúa cursando el 5º año del Ipem 274 Lucio V. Mansilla de Huinca Renancó, ciudad de unos 10 mil habitantes ubicada a 400 kilómetros al sudoeste de Córdoba capital.

La Justicia consideró que el docente no puede participar del proceso judicial, tal como lo había solicitado, pues hay sentencia firme. Strada había realizado una presentación en la que afirmaba que el juez de control, Juan Carlos Solveira, no había considerado su versión de los hechos al dictaminar a favor del amparo que le permitió al alumno pasar a 5º año, a pesar de adeudar tres materias, cuando por norma no se permiten más de dos previas. El 14 de mayo pasado, el estudiante aprobó dos de las asignaturas adeudadas en un turno especial.

“No aparece evidente una conducta discriminatoria del docente que lo hubiere hecho incurrir en violación de leyes y tratados internacionales”, falló la Cámara, en relación a la supuesta discriminación. Y agrega: “No hay constancias de que reglamentariamente les sea exigible a los alumnos recogerse el pelo, pero es una costumbre observada en general” y que tiene su razón en la higiene.

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