Le robaron una prueba al fiscal Ricardo Matheu

*El fiscal tenía una botella de gaseosa con un elemento extraño adentro como prueba para un juicio.
*Ahora denunció que le robaron el maletín de una caja fuerte que está en su despacho de Tribunales.
*Las empresas involucradas son Pepsi Cola Argentina y Cervercería y Maltería Quilmes.

El fiscal del Distrito 2, Turno 5, Ricardo Matheu, consideró como "lamentable" la violación de un maletín que contenía una prueba clave, dentro de su fiscalía, en una causa en la que se investigaba la presunta aparición de un objeto plástico en el interior de una botella de gaseosa.

"Es un hecho lamentable lo que ha ocurrido en mi fiscalía, comuniqué este hecho al fiscal de turno y al Tribunal Superior de Justicia, se hicieron los trámites procesales correspondientes", señaló el funcionario judicial.

"Justamente ayer estaba previsto una pericia con esa prueba, lo que quiero aclarar es que no se ha sustraído un elemento, simplemente, se ha violentado el maletín donde estaba el elemento", dejó en claro Matheu, en declaraciones a Radio Universidad.

La causa se remite al 7 de diciembre último, ocasión en la que Samuel Rabinsky presentó una denuncia ya que, afirmó, había encontrado dentro de una gaseosa que había comprado, un objeto de plástico que aparentaba ser un preservativo o un elemento de nylon.

Desde entonces, la botella, sin abrir, según indicó el abogado Carlos Nayi, se encontraba dentro del maletín que había sido resguardado en la caja fuerte ubicada en el despacho de Matheu. "El maletín –contó el letrado– tenía clave de seguridad".

El abogado recordó que anteriormente se había realizado un análisis en Bromatología de la Municipalidad en el que se constató que el líquido de la botella no era apto para consumo. No obstante, ayer se iba a realizar una nueva pericia para conocer su nivel de toxicidad.


 


Iban a estar presentes también los representantes de las partes demandadas, Pepsi Cola Argentina, y Cervecería y Maltería Quilmes.

De acuerdo a los dichos del fiscal, personal a establecer de estas empresas podría ser penados en el marco de los artículos 200 y 201 del Código Penal. El primero de ellos reza que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a 10 años, el que envenenare o adulterare, de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas. Si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de 10 a 25 años de reclusión o prisión”.

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