ARCA: el monto por el que el organismo investigará las transferencias

Economía

ARCA actualizó los montos que obligan a bancos y billeteras virtuales a informar transferencias y movimientos realizados por sus clientes.

Las billeteras virtuales y entidades bancarias funcionan bajo un esquema de regulación que establece distintos controles sobre las operaciones financieras. En este marco, ARCA determina los parámetros que deben seguir las instituciones para informar periódicamente los movimientos de dinero de sus clientes.

La normativa establece montos de referencia a partir de los cuales bancos y plataformas digitales deben enviar información al organismo recaudador. El objetivo es mejorar la trazabilidad de los fondos y detectar posibles diferencias entre los ingresos declarados por los contribuyentes y sus gastos o movimientos financieros.

A través de este mecanismo, ARCA busca identificar posibles casos de evasión fiscal, operaciones que no fueron registradas y movimientos que puedan presentar inconsistencias. De esta manera, el sistema apunta a reforzar el control y la transparencia sobre la circulación de dinero en el sistema financiero argentino.

Pareja endeudada por el monotributo de ARCA

Pareja endeudada por el monotributo de ARCA

Los valores vigentes para las transacciones digitales y bancarias

El régimen de información alcanza a las principales herramientas de pago y servicios financieros que funcionan en Argentina. Esto incluye tanto las cuentas bancarias tradicionales como las billeteras virtuales que operan con CVU. La normativa también establece límites para distintas operaciones, además de las transferencias.

A partir de determinados montos acumulados durante el mes, bancos y plataformas digitales deben enviar los datos correspondientes a ARCA. Los principales topes son:

  • Transferencias y acreditaciones de personas físicas: desde $50.000.000 mensuales.
  • Transferencias y acreditaciones de personas jurídicas: desde $30.000.000 mensuales.
  • Retiros de efectivo por ventanilla o cajero: desde $10.000.000, tanto para personas físicas como jurídicas.
  • Plazos fijos e inversiones bursátiles de personas físicas: desde $100.000.000.
  • Plazos fijos e inversiones bursátiles de empresas: desde $30.000.000.

Superar estos valores no significa que el titular quede automáticamente bajo una inspección de ARCA ni que reciba una sanción. La obligación de reunir y enviar la información corresponde a los bancos y billeteras virtuales.

Una vez que recibe los datos, el organismo puede cruzarlos con las declaraciones juradas, la facturación registrada y los ingresos informados por cada contribuyente. De esta manera, busca determinar si existe correspondencia entre el dinero declarado y los movimientos registrados.

Documentación de respaldo que puede exigir ARCA

Cuando una transferencia o movimiento de dinero presenta un monto elevado o no coincide con la capacidad económica declarada, la autoridad fiscal puede solicitar documentación que permita demostrar de dónde provienen esos fondos.

Para responder a este tipo de requerimientos, los contribuyentes pueden presentar distintos comprobantes que respalden el origen del dinero, como:

  • Facturas por la venta de bienes o la prestación de servicios.
  • Recibos de honorarios profesionales.
  • Escrituras o boletos de compraventa de propiedades.
  • Documentación que acredite la venta de vehículos.
  • Contratos o comprobantes de préstamos realizados previamente.
  • Certificaciones contables que avalen la procedencia legal de los fondos.

Ante el ingreso de una suma importante por una operación puntual, los especialistas recomiendan conservar toda la documentación respaldatoria relacionada con la transacción. También aconsejan evitar dividir un monto elevado en varias transferencias pequeñas con el objetivo de mantenerse por debajo de los topes.

Las billeteras virtuales y entidades financieras pueden identificar este tipo de movimientos y, si corresponde, solicitar al titular que justifique la procedencia de los fondos.

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