ARCA: los cambios que impondrá el organismo y afectan a los contribuyentes

Economía

ARCA anunció cambios en un trámite clave, con el objetivo de actualizar datos personales y evitar multas que impactan en los bolsillos.

En enero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer un cambio que modifica el vínculo entre el fisco y los contribuyentes inscriptos en el sistema tributario. La medida se apoya en un nuevo procedimiento pensado para simplificar trámites, reducir la necesidad de gestiones presenciales y agilizar las respuestas.

Además, busca bajar el riesgo de sanciones económicas elevadas que suelen surgir por errores formales o información desactualizada. Menos filas, menos multas y más prolijidad fiscal.

El cambio para evitar multas

El cambio más relevante anunciado por ARCA está relacionado con la gestión del domicilio fiscal, un dato clave dentro del sistema tributario. Con la nueva normativa, el alta o la modificación de esta información se realiza de manera 100 % digital, bajo criterios unificados y con menos exigencias que en el esquema anterior, lo que simplifica el trámite para personas y empresas.

El domicilio fiscal es el medio oficial que utiliza el Estado para enviar notificaciones, intimaciones y comunicaciones formales. Tenerlo actualizado no es un detalle menor: los errores o la información desactualizada pueden derivar en sanciones económicas que, según la normativa vigente, alcanzan montos muy elevados.

Con esta actualización, ARCA apunta a acelerar la validación de direcciones, reducir fallas frecuentes y aliviar la carga administrativa que antes recaía sobre los contribuyentes. El nuevo sistema permite seleccionar domicilios ya verificados, sin necesidad de volver a presentar documentación respaldatoria, lo que ahorra tiempo y evita trámites repetidos.

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Paso a paso para actualizar el domicilio fiscal:

  • Ingresar al servicio web Sistema Registral con Clave Fiscal.
  • Acceder al Registro Único Tributario.
  • Ir a la tarjeta Domicilios y seleccionar la opción Modificar.
  • Completar el formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D, con Clave Fiscal nivel 3 o superior.

Desde el organismo remarcaron que este procedimiento reduce errores y previene incumplimientos que, en situaciones graves, pueden terminar en multas de hasta 35 millones de pesos.

Además, se confirmó que las billeteras virtuales continúan excluidas del Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios, mientras que los servicios vinculados a cripto activos siguen alcanzados por el tributo y mantienen sus obligaciones impositivas vigentes.

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