La OIT acordó el primer convenio para trabajadores de plataformas: todos los detalles

Economía

A contramano de la reforma laboral de Javier Milei, la OIT reconoció a los trabajadores de plataformas como empleados con derechos laborales.

A contramano de la reforma laboral de Javier Milei que definió a repartidores y conductores de aplicaciones como trabajadores independientes, obligándolos a inscribirse y aportar por su cuenta, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) acordó en la madrugada de este viernes el primer convenio internacional para los trabajadores de las distintas plataformas que se encuentran en una situación de extrema vulnerabilidad frente a las empresas que no lo reconoce como empleados sino como "colaboradores independientes" y a quienes niegan todo derecho laboral.

Las cámaras empresarias pelearon durante dos años para rebajar la norma a una simple recomendación, un papel sin fuerza obligatoria. Ya lo habían logrado en 2006, cuando se discutió la relación de trabajo.

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Foto: @AppSindical
Foto: @AppSindical

Sin embargo esta vez esa situación llegó a su fin y ahora existe una norma vinculante y no una lista de buenas intenciones.

Así, a partir de ahora los trabajadores estarán cubiertos por este nuevo convenio aún cuando las empresas intenten hacerlos pasar por "socios". El convenio alcanza a todos los trabajadores de plataformas "independientemente de la clasificación de su situación en el empleo". Aunque la app los llame colaborador, emprendedor o socio, la norma lo incluye. Eso desarma el truco central del modelo: cambiarle el nombre al trabajador para esquivar las obligaciones.

De esta manera por primera vez una norma internacional dice expresamente que quien trabaja para una app tiene libertad sindical y derecho a negociar colectivamente, esté registrado como esté

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La justicia porteña determinó que los conductores de plataformas digitales deben obtener licencia profesional y seguros específicos para operar.

La justicia porteña determinó que los conductores de plataformas digitales deben obtener licencia profesional y seguros específicos para operar.

Así, para definir si se es trabajador o independiente, lo que cuenta son "los hechos relativos a la ejecución del trabajo". Si la aplicación le asigna al trabajadores los pedidos, le pone la tarifa, evalúa al trabajador y lo sanciona y lo puede bloquear, eso pesa más que cualquier papel que le hayan hecho firmar y lo califique de "socio" o "colaborador independiente".

Así la OIT sentenció que detrás de la app hay un patrón.

Según consignó ATE este viernes: "el algoritmo deja de ser una caja negra. La plataforma está obligada a informarte qué sistemas automáticos usa para vigilarte, evaluarte y decidir sobre tu trabajo. Tenés derecho a una explicación por escrito de toda decisión que te perjudique. Si te bloquean la cuenta, te desactivan o no te pagan, tenés derecho a que esa decisión se revise, y tiene que haber intervención humana: ninguna máquina puede tener la última palabra sobre tu ingreso. El bloqueo arbitrario queda prohibido. El convenio trata al bloqueo como lo que siempre fue: un despido, que ahora exige explicación y revisión".

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El convenio también establece condiciones concretas: pago puntual y completo, con información clara de cuánto cobra el trabajador y qupe descuentos se le hacen; seguridad social en las mismas condiciones que cualquier otro trabajador; derecho a negarse a una situación de peligro grave sin sufrir represalias; protección contra la violencia y el acoso, incluso el que viene de los clientes.

La OIT aclaró además que la ley que rige para los trabajadores de plataformas es la del país donde se trabaja y cada Estado debe fiscalizar a las plataformas que operan en su territorio. Así, la casa matriz en otro país deja de servir como escudo.

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