A qué hora termina la veda en la Ciudad por las elecciones legislativas
Este domingo 18 de mayo se votó en territorio porteño, por lo que desde el viernes, varias actividades estuvieron prohibidas.
En el marco del calendario electoral de este año, este domingo 18 de mayo se llevaron a cabo las elecciones legislativas en la Ciudad de Buenos Aires, por lo que como siempre hubo veda electoral.
Como ocurre en todas las elecciones, hubo una serie de actividades que quedan prohibidas. Algunas prohibiciones comenzaron en un momento más próximo a la apertura de la votación y otras se levantaron en el momento mismo en que cierra el horario para votar.
Según consta en el sitio Argentina.gob.ar, en la veda electoral se prohíbe realizar actos públicos de campaña, el proselitismo electoral incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios (medida vale también para los posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular).
Además, se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo; la venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 0 del domingo; la portación de armas está prohibida durante la veda electoral y se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
Hasta cuándo rige la veda electoral en la Ciudad
La veda electoral se extendió durante todo el fin de semana (viernes y sábado incluido), y recién se levantará a las 21 del domingo 18 de mayo, tres horas después de que hayan cerrado los centros de votación.
A las 8 de la mañana del viernes 16 de mayo comenzó la veda electoral. A partir de ese momento se prohibió el reparto de boletas y las actividades proselitistas, entre otras actividades.
Desde entonces y hasta las 21 del domingo 18 de mayo, tres horas después de la finalización de los comicios, hay una serie de actividades que quedan prohibidas.
Qué pasa si se rompe la veda electoral
Aquellos que incumplan las restricciones de la veda electoral se enfrentarán a sanciones que van desde multas económicas hasta penas de prisión. En detalle, las multas por violar la veda oscilan entre los 10.000 y 100.000 pesos. Además, quienes vendan bebidas alcohólicas durante el período prohibido podrían recibir penas de prisión que varían entre 15 días y seis meses.
Por otro lado, las personas que porten armas, utilicen banderas o distintivos durante el día de la elección podrán ser sancionadas con hasta 15 días de prisión.
Las agrupaciones políticas que realicen actos de campaña en plena veda serán penalizadas con la pérdida de acceso al financiamiento públicopor un período de uno a cuatro años y podrían perder los fondos de campaña para una o dos elecciones.
Estas disposiciones están contempladas en los artículos 71 y 133 del Código Nacional Electoral y tienen como objetivo garantizar el desarrollo libre y transparente del acto democrático.
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