Revés judicial para Fariña: seguirá detenido en el penal de Ezeiza
El mediático financista seguirá detenido en el penal de Ezeiza procesado por presunta evasión e insolvencia fiscal.
Además, los jueces recordaron que adeuda, según el informe de la AFIP, 28.843.200,08 de pesos. "Sus actividades económicas le habrían permitido adquirir y luego vender, inmuebles por una suma de varios millones de dólares. Sólo dos automotores figuran registralmente a su nombre.
Los camaristas remarcaron que el departamento que habitaba junto a su esposa Karina Jelinek en la Avenida del Libertador de la ciudad de Buenos Aires tampoco lo está. Tras una orden judicial en el marco del proceso de divorcio, lo abandonó y se asentó en un hotel, en la cercanía de su antigua residencia "que traduce –cuanto menos- una rápida y cómoda disponibilidad económica para enfrentar nuevos gastos".
"Este universo de circunstancias –en las que la ocultación tiene una reiterada presencia- persuade al Tribunal de que existen fundadas razones para presumir que el imputado intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones", sostuvo el tribunal al confirmar la denegatoria de la excarcelación.
El sindicado valijero del empresario Lázaro Báez y procesado en otra causa por supuestas maniobras de lavado de dinero permanece detenido desde hace más de dos meses a disposición del juez Blanco.
Se lo acusa de evasión fiscal agravada prevista en el artículo 2, inciso a, de la Ley 24.769, que contempla una pena de 3 años y 6 meses a 9 años de prisión. La denuncia fue iniciada por la AFIP por una deuda de 28 millones de pesos. Esta acreencia tributaria remite a 2010, cuando Fariña compró un campo en Mendoza, por 4 millones de dólares.
En otra causa, el juez federal Sebastián Casanello lo procesó por lavado de dinero junto al financista Federico Elaskar.
En la resolución de Bñanco, el magistrado aseguró que tiene reunidos los elementos probatorios necesarios para atribuirle, prima facie, los delitos de "evasión tributaria agravada en concurso real con insolvencia fiscal fraudulenta", que prevé penas de hasta 15 años de prisión.
La figura judicial de evasión fiscal agravada está prevista en el artículo 2 inciso a) de la Ley 24.769, que prevé una pena que va de 3 años y 6 meses a 9 años de prisión.
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