Paro portuario: cuáles son los ejes de la desregulación que decretó Federico Sturzenegger
Los prácticos se plantaron tras la publicación del Decreto 690/2026, que modificó el reglamento de la actividad central del comercio exterior en ríos y puertos.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, impulsó el Decreto 690/2026 para la modificación del reglamento de los servicios de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales del país con el argumento de “desarmar kioscos”, pero en vez provocó un paro nacional en el sector.
Aunque al final de la tarde de este miércoles se levantó el paro, el daño al comercio exterior se calculaba en el orden de los 4.5 millones de dólares sólo para actores de la industria agropecuaria, que tuvieron 45 buques enfilados en puertos de todo el país a la espera de contar con el personal específico para zarpar, informó el diario La Nación.
Ese es el rol de los prácticos, los capitanes especializados en guiar barcos por zonas con mucho tráfico o bien peligrosas.
Cómo es el decreto que desregula el trabajo en los puertos
El nuevo reglamento traslada a la Prefectura Naval Argentina el registro de prácticos habilitados y elimina el tope de inscripciones para ese puesto, siempre que cumplan con las condiciones de idoneidad previstas en la normativa actual.
De hecho, durante la jornada se vieron escenas de personal de Prefectura en el rol de obligar a prácticos a realizar tareas por considerarse un servicio público aunque el artículo 3 del Decreto 690/2026, que fue publicado el 31 de julio en el Boletín Oficial, los convierte en profesionales independientes.
Aún con la intimación de la Prefectura a los trabajadores para retomar la actividad el paro se mantuvo hasta la tarde de este miércoles porque el Gobierno no pudo dictar una conciliación obligatoria al tratarse de una determinación individual de los trabajadores.
Otro punto álgido en el decreto que lleva la firma del presidente Javier Milei es el artículo 7, en el que se establece que el pago de los servicios será acordado entre los prácticos y los usuarios, amén del cuadro tarifario que la Agencia Nacional de Puertos y Navegación establecerá para tarifas máximas.
El decreto incrementa de manera considerable las tareas y responsabilidades de Prefectura en el traslado de los prácticos, y hasta le adjudica en el artículo 5 que "podrá proveer los servicios de practicaje, pilotaje o baquía cuando a su juicio se presenten situaciones excepcionales que impidan el normal funcionamiento del sistema", o bien convocar a la Armada si fuese necesario.
La Prefectura Naval Argentina también pasaría a ejercer "la actividad de policía de seguridad de la navegación para garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de practicaje y pilotaje y dictará la normativa técnica complementaria que fije los estándares operacionales en todos los aspectos vinculados con la seguridad de la navegación y la protección ambiental".
Ahora, la Armada tiene 180 días para pasarle a Prefectura el sistema de los procesos de titulación de prácticos y baqueanos.
Un punto de preocupación es que los capitanes podrán prescindir total o parcialmente de prácticos, pilotos o baqueanos cuando acrediten experiencia regular en el trayecto, sin importar su procedencia o la bandera del buque en cuestión.
Esa parte de la norma se apoya en "las prescripciones del artículo 17 del Decreto N° 817 del 26 de mayo de 1992", como consta en el artículo 11. Para probarlo habrá que acreditar 10 viajes de ida y 10 de regreso por la ruta correspondiente a intervalos de seis meses o menos, y los tres más recientes tienen que haber sido en el último año.
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