Río Negro: nuevas medidas sanitarias hasta fin de julio

Política

El gobierno de Río Negro extendió las medidas sanitarias que contiene los contagios de la Covid- 19 y habilitó la participación limitada de público en las competencias deportivas profesionales o amateurs hasta el 30 de julio.

La Resolución 5111 establece que en toda la provincia de Río Negro sigue la restricción de circulación de las personas entre las 22 y las 6, "salvo para las excepciones ya conocidas, a las que se suma la realización de eventos deportivos con público hasta un 30% del aforo máximo, sin bufets, cantinas u otros espacios similares".

Las habilitaciones que rigen hasta el viernes 30 de julio son para los locales gastronómicos, que podrán funcionar hasta las 24 horas de domingo a jueves, y hasta la 1 los viernes, sábados y vísperas de feriado, con un aforo máximo del 50%, constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.

Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.

Según se dispuso, se deberá priorizar la utilización de espacios al aire libre, instando en este sentido a las autoridades municipales a facilitar su utilización.

Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado, se completó.

Las farmacias y estaciones de servicio únicamente para el expendio de combustibles podrán funcionar durante las 24 horas.

También se podrán realizar actos públicos y protocolares, aniversarios y fiestas populares, sin aglomeración de personas y respetando el distanciamiento social.

También se permitirán actividades deportivas en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 30 personas, y la realización de eventos religiosos en lugares cerrados, en los que deberá observarse, como máximo, un 30% de aforo.

Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas se permitirán con sistema de "burbujas", según protocolo y con un aforo máximo del 50% del espacio donde se realizan.

La apertura de bibliotecas con entrega de libros y las salas de lectura de las mismas, será con un aforo de hasta el 50% de su capacidad.

La realización de actividades en cines, teatros, museos y salas de espectáculos de centros culturales, a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores, podrá realizarse hasta las 24 horas.

En las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.

Los empleados y las personas que se encontraren en dichos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse y llegar a sus domicilios de residencia dentro de ese lapso, debiendo acreditar tal circunstancia mediante tickets de acceso al espectáculo.

La actividad de casinos y bingos podrá funcionar hasta las 24 horas de domingo a jueves, y hasta la 1 los días viernes, sábados y vísperas de feriado, con un aforo máximo del 50% del espacio disponible.

En todos los casos deberá garantizarse el cumplimiento de las Reglas de Conducta Generales y Obligatorias dispuestas en el artículo 4° del Decreto N° 287/21 y de los protocolos vigentes, según se recordó.

Continúan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares de más 10 personas, las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas, los eventos sociales y recreativos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas, y las discotecas.

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