ANMAT prohibió una serie de productos capilares, de limpieza e insecticidas: de cuáles se trata
De acuerdo con la Anmat se trata de productos que no cuentan con el debido registro y son, por lo tanto, potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los consuman o utilicen.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este jueves una serie de productos para el cabello, de limpieza e insecticidas. Así quedó plasmado en las Disposiciones 2780/2026; 2794/2026; 2863/2026; 2864/2026 y 2865/2026 publicadas hoy en el Boletín Oficial.
En la primera de ellas la Anmat prohibió la venta de productos para el cabello bajo la marca Taurina, identificando la presencia de artículos como alisado de coco, shock de queratina, brillo de seda, oro plex, cauterizador, alisado mota, alisado gloss 3D, shock de botox, shampoo y acondicionadores de argán y queratina, shampoo y acondicionador ácido de cereza, loción de biotina pura y oro líquido, todos ellos sin datos de inscripción sanitaria en sus rótulos.
De acuerdo con dicho organismo se trata de productos que se ofrecían a través de sitios web con envíos a todo el país y que, al consultarse la base de datos de cosméticos inscriptos, no figuraban con el registro ante la autoridad regulatoria.
Por otro lado, la Disposición 2794/2026 prohíbe la venta de productos para la limpieza y el acabado de superficies de automóviles de las marcas Cars Willis, Gloss lab, Revisur, Lambik, Secoo Waterless, Panthom Car, Rino Car Products y AMSPRO, con excepción de algunos productos específicos de las marcas Rino Car Products y AMSPRO que cuentan con inscripción vigente.
La medida se adoptó tras recibir denuncias sobre la venta y promoción de productos no registrados. El organismo detalló que los productos de las mencionadas marcas, al no estar inscriptos, no ofrecen garantías sobre sus condiciones de manufactura y seguridad para los consumidores.
Siguiendo con esta línea, la Disposición 2863/2026 alcanzó a la marca Re! Refillería Botánica de productos identificados como limpiador antigrasa, limpiador antibacterial, limpiador multiuso, jabón líquido para ropa, detergente lavavajillas, así como a los aromatizantes de la marca Aromas de la Tierra.
La Anmat detectó que estos artículos se vendían sin el debido registro, tanto en tiendas físicas como por internet.
En tanto Disposición 2864/2026 prohibió la venta de los productos marca Gorrión, en todas sus presentaciones. Esta incluyó insecticidas, desinfectantes, limpiadores, perfume para ropa y lustra muebles. Si bien la marca poseía productos registrados anteriormente, la habilitación fue dada de baja y actualmente no cuentan con inscripción para su comercialización.
Ante los riesgos por la falta de registro sanitario, la ausencia de datos obligatorios y la falta de habilitación, Anmat procedió a informar a las autoridades sanitarias provinciales y nacionales, así como a organismos de defensa del consumidor.
Finalmente la Disposición 2865/2026, prohibió la venta de productos para el cabello comercializados bajo la marca Lacios Perfectos. El extenso listado de productos incluye shampoo neutro, botox capilar, shock de keratina, alisado 3D plastificado, alisado japonés, alisado espejo y alisado definitivo.
Todos estos carecían de inscripción sanitaria y eran ofrecidos a través de plataformas digitales. La Anmat reiteró que la comercialización de productos sin registro constituye un serio riesgo sanitario y recordó que sólo pueden ser fabricados y distribuidos aquellos cosméticos debidamente registrados y elaborados en establecimientos habilitados.
Disposición 2780/2026:
Disposición 2794/2026:
Disposición 2863/2026:
Disposición 2864/2026:
Disposición 2865/2026:
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