Grúas en CABA: en qué casos no podrán llevarse autos

Sociedad

La Legislatura porteña eliminó algunos de los motivos vigentes por los cuales las grúas acarrean los autos mal estacionados en la Ciudad.

La Legislatura porteña eliminó algunos de los motivos vigentes por los cuales las grúas acarrean los autos mal estacionados en la Ciudad de Buenos Aires, con el propósito que limitar la remoción de vehículos y que solo sea en situaciones graves y de fuerza mayor, como la obstrucción del tránsito o la accesibilidad.

La normativa obtuvo 52 votos positivos y dos abstenciones durante la sesión ordinaria del Parlamento realizada este jueves.

La propuesta apuntó a modificar el Código de Tránsito y Transporte para suprimir una serie de situaciones en las cuales los autos mal estacionados demandan el acarreo; no obstante la nueva reglamentación mantendrá el cobro de la multa por la respectiva infracción vial.

En qué casos las grúas de CABA no podrán llevarse autos

  • Los autos que estén en doble fila -mientras sea transitorio- , los vehículos pesados como ómnibus, microómnibus, camiones, casas rodantes, acoplados, semiacoplados y maquinaria especial que estén en la vía pública, y las unidades que estén estacionadas por más de 48 horas.
  • Los autos que estén sobre las entradas de locales de espectáculos públicos y frente de salas velatorias; y aquellos vehículos en zonas de estacionamiento medido cuyo lapso de tiempo que fue abonado esté vencido.

Cuánto cuesta el acarreo y de cuánto es la multa

En la actualidad, el servicio de grúas para el acarreo está a cargo del Estado tras la suspensión, en agosto, del contrato con las empresas que explotaban el sistema y que permanecían operando de manera irregular con prórrogas desde hace más de 20 años y con un canon congelado de $55 mil.

La remoción de los vehículos hasta una playa de acarreo implica el pago de $6.525, en tanto que la multa económica oscila entre los $5800 a $17500 según la gravedad de la infracción.

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