Limpieza a la fuerza: la Corte obliga a sanear el Riachuelo 

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Por NA

La Corte Suprema ordenó a los Gobiernos Nacional, bonaerense y de la Ciudad de Buenos Aires a ejecutar un plan de saneamiento del Riachuelo, y fijó plazos y sanciones con el fin de garantizar su realización.



El máximo tribunal adoptó tal resolución luego de celebrar varias audiencias públicas con las distintas partes sobre el tema.


 


"La eficacia en la implementación requiere de un programa que fije un comportamiento definido con precisión técnica, la identificación de un sujeto obligado al cumplimiento, la existencia de índices objetivos que permitan el control periódico de sus resultados y una amplia participación en el control", señaló la Corte en su resolución, de 33 carillas.



Además, fijó plazos a cumplir por las distintas administraciones, ya que "la autoridad obligada a la ejecución del programa, que asumirá las responsabilidades ante todo incumplimiento o demora en ejecutar los objetivos que se precisarán, es la Autoridad de Cuenca (organismo de coordinación de los tres estados)".



La Corte fijó tres objetivos a cumplir por parte de los Estados: "la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la cuenca", "la recomposición del ambiente de la cuenca en todos sus componentes (agua, aire y suelos)" y "la prevención de daños con suficiente y razonable grado de predicción".



"Para medir el nivel de cumplimiento de esos objetivos la Autoridad de Cuenca deberá adoptar alguno de los sistemas internacionales de medición que se encuentran disponibles e informar al tribunal competente para la ejecución de esta sentencia en un plazo de 90 días hábiles", remarcó la Corte Suprema.



"El incumplimiento de la orden dentro del plazo establecido, importará la aplicación de una multa diaria a cargo del presidente de la Autoridad de Cuenca", agregó.



En su extensa resolución los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay detallaron cada uno de los objetivos que se debe cumplir en distintas variables.



En la mayoría de los objetivos fijados, la Corte advirtió que "el incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en cada etapa, importará la aplicación de una multa diaria a cargo del presidente de la Autoridad de Cuenca".



Instó, además, a "organizar, en un plazo de treinta días hábiles, un sistema de información pública digital vía internet para el público en general, que de modo concentrado, claro y accesible, contenga todos los datos, informes, listados, cronogramas, costos, etc".



La Corte delegó en el juzgado federal de Primera instancia de Quilmes el proceso de ejecución del fallo, y sus decisiones sólo podrán ser impugnadas por el Alto Tribunal.

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