Pidieron que el juicio por Loan Peña comience el día del cumpleaños del menor: qué respondió el tribunal
Fueron los querellantes quien solicitaron que el juicio oral y público se inicie el 8 de mayo en vista de “la persistencia de la situación de incertidumbre que rodea a la víctima".
La querella en el caso por la desaparición de Loan Peña solicitó que el juicio contra los imputados comience el 8 de mayo próximo, fecha de cumpleaños del menor que permanece desaparecido, pero el tribunal correntino devolvió una respuesta inesperada.
En efecto, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes rechazó la solicitud al considerar que se trata de un pedido “impertinente”, señalando que la fecha del juicio “queda supeditada estrictamente a la agenda jurisdiccional de esta judicatura y de los jueces de otros Tribunales que integran la presente”.
Ante la falta de magistrados, el Tribunal está integrado por los jueces, solo uno oriundo de la provincia mesopotámica: Fermín Amado Ceroleni (el único correntino de los tres), Eduardo Ariel Belforte (de Formosa) y Simón Pedro Bracco (de Río Negro).
La solicitud de la querella se hizo luego de la audiencia preliminar en la que Ceroleni informó que el juicio iniciaría el 7 de octubre, lo que provocó enojo en todas las partes: querella, fiscalía y hasta parte de los defensores de los 17 acusados, razón por la cual el Tribunal decidió rever el calendario.
Caso Loan: la solicitud de la querella
En el escrito presentado por la querella presentó ante el Tribunal luego de que éste considerara rever la fecha que había fijado en principio (7 de octubre), se solicita que el debate oral y público comience el viernes 8 de mayo, fecha de cumpleaños de Loan, “en atención a la singularidad del caso”.
Se hace hincapié en “la persistencia de la situación de incertidumbre que rodea a la víctima y al deber reforzado de protección que pesa sobre el Estado cuando se encuentran comprometidos derechos de un niño”.
Asimismo, se añade que se disponga un cronograma de al menos cuarenta jornadas consecutivas e ininterrumpidas de audiencia, estableciendo la continuidad efectiva del debate hasta su finalización, con las jornadas adicionales que resulten necesarias según el desarrollo de la prueba, incluso mediante la habilitación de días y horas inhábiles o del período de feria judicial, si fuere necesario.
Los abogados resaltan que la solicitud de dicho cronograma es “a fin de asegurar el cumplimiento del estándar constitucional y convencional de plazo razonable y la tutela judicial efectiva tanto de la víctima como de los imputados”.
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