La Justicia avaló a Axel Kicillof y ratificó la potestad tributaria bonaerense
Los Registros Seccionales de la DNRPA seguirán recaudando los impuestos Automotor y de Sellos, tras quedar sin efecto la cautelar que suspendía la normativa.
Axel Kiciloff
La Sala I de la Cámara Federal de La Plata emitió un fallo que respalda al gobernador bonaerense, Axel Kicillof, y confirma la autoridad de la provincia sobre la recaudación de impuestos, dejando sin efecto la cautelar que había suspendido la Resolución Normativa 26/2024 de ARBA.
De esta manera, los Registros Seccionales de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA) seguirán operando como agentes de recaudación de los impuestos Automotor y de Sellos, asegurando que la administración tributaria provincial mantenga su estructura habitual de cobro.
El pronunciamiento judicial representa un duro golpe para el Gobierno nacional, que había intentado frenar la normativa bonaerense mediante una presentación realizada por el Ministerio de Justicia a cargo de Javier Milei. Según la resolución de la Cámara, la práctica de que los Registros Seccionales actúen como agentes de recaudación se mantiene desde hace 34 años sin interferir en la actividad registral, y suspenderla habría generado un “grave perjuicio al erario bonaerense sin causar daño al Estado nacional”, según se detalló en los fundamentos del fallo.
Fuentes de la administración provincial destacaron que la decisión “ratifica las potestades tributarias de las provincias y, en particular, su facultad para administrar tributos directos”, y consideraron el fallo como “un triunfo del federalismo y de las autonomías provinciales”, en un contexto donde la disputa entre Nación y Provincia por la administración de recursos tributarios se intensifica. En ese sentido, señalaron que la resolución refuerza la capacidad de la Provincia para garantizar la recaudación efectiva y evitar vacíos que podrían impactar en las cuentas públicas locales.
El tribunal también enfatizó que los actos administrativos poseen presunción de validez y que cualquier medida cautelar contra ellos requiere cumplir estrictos requisitos, los cuales no se verificaron en esta ocasión, reforzando la idea de que la suspensión de la normativa hubiera sido improcedente. Con este fallo, los Registros Seccionales deberán continuar con las prácticas habituales de percepción y retención de impuestos, tal como establece el Código Fiscal bonaerense y la normativa vigente, asegurando la continuidad en los procedimientos de cobro y la estabilidad de la recaudación provincial.
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