El máximo tribunal bonaerense rechazó un amparo de ATE y le permitió al Ejecutivo provincial decretar el cese de conflictos como el que mantiene con los educadores.
La Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires avaló este martes la facultad del Ministerio de Trabajo provincial para dictar una conciliación obligatoria ante un conflicto colectivo con empleados del Estado, aunque exhortó al Poder Ejecutivo y al Legislativo a que sancionen la ley que crea un órgano imparcial para dirimir esa controversia.
La medida la adoptó el máximo Tribunal al rechazar un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) contra un fallo del Tribunal de Trabajo 2 de La Plata, que avaló la actuación de la cartera laboral.
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En el fallo, la Corte ratificó lo resuelto anteriormente por el Tribunal en torno a que hasta que no se dicte la ley que resuelva la conformación del tribunal especial previsto en la Constitución bonaerense "los sujetos involucrados en un conflicto colectivo de trabajo debían acatar el procedimiento de conciliación obligatoria vigente en el ámbito local".
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"A falta de una deseable mejor solución", la conciliación obligatoria "actúa en procura de un interés superior de la sociedad como canalizador de las controversias sociales, facilitando el diálogo y la paz social de la comunidad", dice el fallo.
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La Corte señaló también que la Ley de Ministerios "cuya inconstitucionalidad no ha sido declarada", faculta al Ministerio "a intervenir en todo lo relativo a las negociaciones y convenciones colectivas" y en "conflictos individuales o colectivos de trabajo públicos provinciales o municipales y privados, ejerciendo facultades de conciliación y arbitraje".
La conciliación obligatoria es un procedimiento previsto para la solución de conflictos colectivos en el cual se abre un período de negociación entre las partes, que no pueden tomar medidas de fuerza ni sancionatorias durante su vigencia.
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